III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2021-10680)
Orden ETD/668/2021, de 25 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de la inteligencia artificial, para la transformación digital de la sociedad y la economía, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, y se convoca la concesión de ayudas para financiar proyectos del Programa Misiones de I+D en Inteligencia Artificial 2021, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Sábado 26 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 77049

2. La presente normativa de ayudas se acoge al artículo 25 del Reglamento (UE)
n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías),
relativo a las ayudas a proyectos de investigación y desarrollo, y, a los efectos de las
presentes bases reguladoras, se entiende por investigación industrial y desarrollo
experimental lo dispuesto en la definición de los puntos 85 y 86 del artículo 2 del citado
Reglamento General de Exención por Categorías.
3. El Componente del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se
va a ejecutar con las ayudas que se regulen por esta orden de bases será el 16,
Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial.
Artículo 3.

Normativa aplicable.

1. A las convocatorias de ayudas que se dicten al amparo de las presentes bases
reguladoras, le serán de aplicación:
a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su
reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
b) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
c) La ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
d) El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
e) El Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención
por categorías).
f) Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
g) Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
h) El Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con
discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la Sociedad de la
Información y medios de comunicación social.
i) El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
j) Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio
de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles
y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
k) Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia 2021/C 58/01.

1. La presente orden por la que se establecen las bases reguladoras para las ayudas
en el ámbito de las tecnologías habilitadoras digitales, en el marco de la Agenda España
Digital 2025 estarán vigentes en tanto no sean sustituidas por un nuevo plan o agenda.
Artículo 5. Ámbito geográfico.
1. La presente orden por la que se establecen las bases reguladoras para las
ayudas en el ámbito de la inteligencia artificial, para la transformación digital de la
sociedad y la economía, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y la Estrategia

cve: BOE-A-2021-10680
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4. Ámbito temporal.