I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Protección civil. (BOE-A-2021-10670)
Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Sábado 26 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76951
Disposición adicional tercera. Modificación de la disposición transitoria tercera de la
Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por la que se crea el Organismo Autónomo Servicio
de Emergencias de Cantabria.
Se modifica la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2018, de 22 de noviembre
por la que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria que
queda redactada como sigue:
«Disposición transitoria tercera.
Para la cobertura de los puestos de la relación de puestos de trabajo del
Organismo Autónomo del Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento, Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción
de Incendios y Salvamento y Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de
Emergencias incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo
Autónomo a que se refiere la Disposición adicional tercera, el sistema selectivo
será el concurso-oposición, valorándose en la fase de concurso, de manera
especial y entre otros méritos, la formación y la antigüedad en la sociedad
anónima unipersonal 112 Cantabria del personal que acredite relación laboral
formalizada.»
Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 26 de la
Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Ley
de
Se modifica el apartado 1, b) del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de
marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:
«b)
Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
8.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
9.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Seguridad y Vigilancia.
10.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
11.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias.
12.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.
13.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»
Será de aplicación para los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal que tienen en la actualidad Parque de Bomberos lo
siguiente:
1. Los municipios podrán modificar sus actuales plantillas y Relaciones de Puestos
de Trabajo, con el fin de adaptar los Grupos de Titulación de las categorías que venían
manteniendo para los puestos de Cabo y Bombero. En este sentido, se posibilitará la
integración de dichas categorías o sus equivalentes, en el Grupo C, Subgrupo C1 del
cve: BOE-A-2021-10670
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional quinta. Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal. Parques de Bomberos.
Núm. 152
Sábado 26 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76951
Disposición adicional tercera. Modificación de la disposición transitoria tercera de la
Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por la que se crea el Organismo Autónomo Servicio
de Emergencias de Cantabria.
Se modifica la disposición transitoria tercera de la Ley 6/2018, de 22 de noviembre
por la que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria que
queda redactada como sigue:
«Disposición transitoria tercera.
Para la cobertura de los puestos de la relación de puestos de trabajo del
Organismo Autónomo del Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de
Incendios y Salvamento, Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción
de Incendios y Salvamento y Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de
Emergencias incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo
Autónomo a que se refiere la Disposición adicional tercera, el sistema selectivo
será el concurso-oposición, valorándose en la fase de concurso, de manera
especial y entre otros méritos, la formación y la antigüedad en la sociedad
anónima unipersonal 112 Cantabria del personal que acredite relación laboral
formalizada.»
Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 26 de la
Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Ley
de
Se modifica el apartado 1, b) del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de
marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:
«b)
Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
8.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
9.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Seguridad y Vigilancia.
10.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento.
11.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias.
12.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.
13.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»
Será de aplicación para los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal que tienen en la actualidad Parque de Bomberos lo
siguiente:
1. Los municipios podrán modificar sus actuales plantillas y Relaciones de Puestos
de Trabajo, con el fin de adaptar los Grupos de Titulación de las categorías que venían
manteniendo para los puestos de Cabo y Bombero. En este sentido, se posibilitará la
integración de dichas categorías o sus equivalentes, en el Grupo C, Subgrupo C1 del
cve: BOE-A-2021-10670
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional quinta. Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamento de titularidad municipal. Parques de Bomberos.