I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2021-10587)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de junio de 2021, por el que se aprueba el Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76367
capacitación para el empleo; y prestar especial atención a las mujeres objeto de discriminación
múltiple, entre otros objetivos.
En el segundo bloque se establecen las medidas destinadas a reforzar la igualdad de trato para
colectivos en situación o riesgo de exclusión y el principio de no discriminación como principios de
funcionamiento de Garantía Juvenil Plus.
Este eje se implementará con la cooperación y el apoyo del Instituto de las Mujeres, así como con
los interlocutores económicos, los interlocutores sociales y las organizaciones juveniles.
Los dos bloques en que se estructura el presente Eje son los siguientes:
Promoción de la conciliación y de la corresponsabilidad, así como de la igualdad de
género:
-
Igualdad, conciliación y corresponsabilidad.
Programas para reforzar el acceso de las mujeres jóvenes a las profesiones STEM.
Integración del principio de igualdad y no discriminación en el funcionamiento
ordinario y transversal de Garantía Juvenil Plus:
-
Igualdad joven.
“Servicio puente” para personas jóvenes con discapacidad.
Bloque 1: Promoción de la conciliación y de la corresponsabilidad, así como
de la igualdad de género
MEDIDA 52: IGUALDAD, CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD
Esta medida tiene un doble propósito: de un lado, pretende servir de apoyo para la implementación
de los Planes de Igualdad en las empresas. De otro lado, pretende incorporar la igualdad de género
en el funcionamiento de los Servicios Públicos de Empleo, particularmente en los servicios de
orientación.
Los Planes de Igualdad en las empresas son herramientas para evitar cualquier tipo de
discriminación laboral entre mujeres y hombres, avanzando en la igualdad de trato y de
oportunidades en el ámbito laboral. Están recogidos en el Capítulo III de Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Partiendo del Real Decreto-Ley
6/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades
MINISTERIO DE TRABAJO Y
ECONOMÍA SOCIAL
----------------------------------SERVICIO PÚBLICO DE
EMPLEO ESTATAL
63
cve: BOE-A-2021-10587
Verificable en https://www.boe.es
Alcance
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76367
capacitación para el empleo; y prestar especial atención a las mujeres objeto de discriminación
múltiple, entre otros objetivos.
En el segundo bloque se establecen las medidas destinadas a reforzar la igualdad de trato para
colectivos en situación o riesgo de exclusión y el principio de no discriminación como principios de
funcionamiento de Garantía Juvenil Plus.
Este eje se implementará con la cooperación y el apoyo del Instituto de las Mujeres, así como con
los interlocutores económicos, los interlocutores sociales y las organizaciones juveniles.
Los dos bloques en que se estructura el presente Eje son los siguientes:
Promoción de la conciliación y de la corresponsabilidad, así como de la igualdad de
género:
-
Igualdad, conciliación y corresponsabilidad.
Programas para reforzar el acceso de las mujeres jóvenes a las profesiones STEM.
Integración del principio de igualdad y no discriminación en el funcionamiento
ordinario y transversal de Garantía Juvenil Plus:
-
Igualdad joven.
“Servicio puente” para personas jóvenes con discapacidad.
Bloque 1: Promoción de la conciliación y de la corresponsabilidad, así como
de la igualdad de género
MEDIDA 52: IGUALDAD, CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD
Esta medida tiene un doble propósito: de un lado, pretende servir de apoyo para la implementación
de los Planes de Igualdad en las empresas. De otro lado, pretende incorporar la igualdad de género
en el funcionamiento de los Servicios Públicos de Empleo, particularmente en los servicios de
orientación.
Los Planes de Igualdad en las empresas son herramientas para evitar cualquier tipo de
discriminación laboral entre mujeres y hombres, avanzando en la igualdad de trato y de
oportunidades en el ámbito laboral. Están recogidos en el Capítulo III de Ley Orgánica 3/2007, de
22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Partiendo del Real Decreto-Ley
6/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades
MINISTERIO DE TRABAJO Y
ECONOMÍA SOCIAL
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EMPLEO ESTATAL
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