III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-10639)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para la formación sanitaria especializada en ciencias de la salud en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Albacete, Cuenca y Guadalajara y de Toledo y Ciudad Real.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Segunda.
1.
Sec. III. Pág. 76567
Obligaciones de las partes.
Obligaciones comunes.
Sin perjuicio de los compromisos establecidos en las cláusulas precedentes y de las
obligaciones que se derivan de lo dispuesto en la legislación vigente sobre FSE, son
obligaciones comunes a todos los firmantes de este Convenio:
– Colaborar en la impartición de los programas oficiales de las especialidades en
Ciencias de la Salud posibilitando la inclusión de las unidades y/o los dispositivos
dependientes de cada una de ellas en los distintos programas formativos.
– Garantizar el cumplimiento tanto del programa formativo como del Plan de Gestión
de la Calidad Docente (PGCD) de la Entidad Titular en cuanto a la planificación,
seguimiento y evaluación del residente.
– Impulsar la coordinación de las unidades y dispositivos acreditados de cada una
de las partes informándose mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de
los residentes, a fin de decidir conjuntamente sobre su adecuada integración con la
actividad asistencial del Instituto o dispositivo docente de que se trate.
2.
Obligaciones del Ministerio de Justicia.
– Promover la acreditación de las unidades según los requisitos generales de
acreditación establecidos por la Dirección General de Ordenación Profesional del
Ministerio de Sanidad.
– Colaborar en la FSE de todas aquellas especialidades a las que puede resultar de
interés, poniendo a disposición de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, las
unidades y dispositivos docentes dependientes del Ministerio de Justicia, en los términos
que fijen las Guías o Itinerarios Formativos de la especialidad correspondiente. Para ello,
será necesaria la celebración de acuerdos concretos de colaboración docente con los
centros asistenciales implicados en los que se fijen los objetivos, el programa y la
capacidad docente correspondiente para cada especialidad.
– Informar a los residentes de Medicina Legal y Forense de sus obligaciones hacia el
SESCAM durante sus rotaciones:
• Cumplir la normativa vigente establecida por el SESCAM para sus residentes.
• Cumplir el horario y las actividades previstas en el programa de rotaciones y
respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y prevención de riesgos
laborales de la misma.
• Colocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa que le será facilitada,
que será devuelta una vez finalizado su período formativo.
• Guardar confidencialidad en relación con la información interna del centro y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada ésta. La
confidencialidad será extensible incluso en caso de fallecimiento del paciente.
• Presentar al inicio de su estancia la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales.
3.
Obligaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha:
a) Posibilitar el acceso de los/las médicos/as residentes de la especialidad de
Medicina Legal y Forense a:
– los medios de formación, investigación y consulta de que dispone el Servicio de
Salud, de acuerdo con las directrices que se establezcan en el programa formativo
elaborado por la Comisión Nacional de la Especialidad.
– los recursos del programa de FSE del Servicio de Salud, incluidas las actividades
del programa transversal y complementario del residente (PTCR).
cve: BOE-A-2021-10639
Verificable en https://www.boe.es
En virtud del presente Convenio, el SESCAM se compromete a:
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Segunda.
1.
Sec. III. Pág. 76567
Obligaciones de las partes.
Obligaciones comunes.
Sin perjuicio de los compromisos establecidos en las cláusulas precedentes y de las
obligaciones que se derivan de lo dispuesto en la legislación vigente sobre FSE, son
obligaciones comunes a todos los firmantes de este Convenio:
– Colaborar en la impartición de los programas oficiales de las especialidades en
Ciencias de la Salud posibilitando la inclusión de las unidades y/o los dispositivos
dependientes de cada una de ellas en los distintos programas formativos.
– Garantizar el cumplimiento tanto del programa formativo como del Plan de Gestión
de la Calidad Docente (PGCD) de la Entidad Titular en cuanto a la planificación,
seguimiento y evaluación del residente.
– Impulsar la coordinación de las unidades y dispositivos acreditados de cada una
de las partes informándose mutuamente sobre las actividades laborales y formativas de
los residentes, a fin de decidir conjuntamente sobre su adecuada integración con la
actividad asistencial del Instituto o dispositivo docente de que se trate.
2.
Obligaciones del Ministerio de Justicia.
– Promover la acreditación de las unidades según los requisitos generales de
acreditación establecidos por la Dirección General de Ordenación Profesional del
Ministerio de Sanidad.
– Colaborar en la FSE de todas aquellas especialidades a las que puede resultar de
interés, poniendo a disposición de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, las
unidades y dispositivos docentes dependientes del Ministerio de Justicia, en los términos
que fijen las Guías o Itinerarios Formativos de la especialidad correspondiente. Para ello,
será necesaria la celebración de acuerdos concretos de colaboración docente con los
centros asistenciales implicados en los que se fijen los objetivos, el programa y la
capacidad docente correspondiente para cada especialidad.
– Informar a los residentes de Medicina Legal y Forense de sus obligaciones hacia el
SESCAM durante sus rotaciones:
• Cumplir la normativa vigente establecida por el SESCAM para sus residentes.
• Cumplir el horario y las actividades previstas en el programa de rotaciones y
respetar las normas de funcionamiento interno, seguridad y prevención de riesgos
laborales de la misma.
• Colocar en lugar visible de su uniforme la tarjeta identificativa que le será facilitada,
que será devuelta una vez finalizado su período formativo.
• Guardar confidencialidad en relación con la información interna del centro y guardar
secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez finalizada ésta. La
confidencialidad será extensible incluso en caso de fallecimiento del paciente.
• Presentar al inicio de su estancia la certificación negativa del Registro Central de
Delincuentes Sexuales.
3.
Obligaciones del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha:
a) Posibilitar el acceso de los/las médicos/as residentes de la especialidad de
Medicina Legal y Forense a:
– los medios de formación, investigación y consulta de que dispone el Servicio de
Salud, de acuerdo con las directrices que se establezcan en el programa formativo
elaborado por la Comisión Nacional de la Especialidad.
– los recursos del programa de FSE del Servicio de Salud, incluidas las actividades
del programa transversal y complementario del residente (PTCR).
cve: BOE-A-2021-10639
Verificable en https://www.boe.es
En virtud del presente Convenio, el SESCAM se compromete a: