III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2021-10639)
Resolución de 21 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, para la formación sanitaria especializada en ciencias de la salud en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Albacete, Cuenca y Guadalajara y de Toledo y Ciudad Real.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 76566
Octavo.
Que el Real Decreto 704/2020, de 28 de julio, por el que se establece el acceso al
título de médico/a especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia,
contempla que el sistema de residencia comprenderá un período formativo de cuatro
años que serán cursados en las UD acreditadas de los IMLCF. No obstante, los
residentes tienen la obligación de realizar períodos de rotación en los dispositivos
docentes con los que exista un Convenio previo del Sistema Nacional de Salud, en las
especialidades en Ciencias de la Salud que presenten un contenido cuyo conocimiento
resulte de utilidad para una mejor y más completa formación de aquellos, pudiendo
acceder a sus medios de formación, investigación y consulta. En su totalidad, estos
períodos de rotación se desarrollarán durante un período de dos años dentro del período
formativo de cuatro años de la especialidad.
Noveno.
Que los IMLCF de Albacete, Cuenca y Guadalajara y de Toledo y Ciudad Real están
dotados de personal cualificado y de los medios apropiados para la constitución de
una UD para la formación sanitaria especializada (en adelante FSE) en Ciencias de la
Salud que le permita desarrollar el programa formativo de la especialidad de Medicina
Legal y Forense en aquellas materias acordes con las competencias y actividades que el
Instituto desempeña, así como colaborar en la FSE de otras especialidades en Ciencias
de la Salud.
Décimo.
Que la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La
Mancha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67 y 68, atribuye al Servicio de
Salud de Castilla-La Mancha (en adelante SESCAM), personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar, para el cumplimiento de los fines de provisión de servicios y
gestión de centros y establecimientos sanitarios en desarrollo de los programas de salud
destinados a la protección y mejora del nivel de salud de la población.
Undécimo.
Que el SESCAM dispone de centros formativos, asistenciales, de investigación,
unidades administrativas y dispositivos docentes acreditados para la FSE en Ciencias de
la Salud.
Duodécimo.
Que la situación antes descrita determina la conveniencia de suscribir el presente
Convenio con el que se pretende sentar las bases para canalizar las necesarias
relaciones de colaboración que deben existir entre las UD de los IMLCF y las
distintas UD del Servicio de Salud, que actuarán como dispositivos docentes asociados.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Constituye el objeto del presente Convenio establecer el compromiso escrito de
colaboración para la FSE de Medicina Legal y Forense y otras especialidades en
Ciencias de la Salud, entre el Ministerio de Justicia y el SESCAM.
cve: BOE-A-2021-10639
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de lo expuesto, las partes estiman conveniente la formalización del
presente Convenio, que regula las relaciones de colaboración que deben existir entre
todos los intervinientes, por lo que estipulan las siguientes:
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 76566
Octavo.
Que el Real Decreto 704/2020, de 28 de julio, por el que se establece el acceso al
título de médico/a especialista en Medicina Legal y Forense por el sistema de residencia,
contempla que el sistema de residencia comprenderá un período formativo de cuatro
años que serán cursados en las UD acreditadas de los IMLCF. No obstante, los
residentes tienen la obligación de realizar períodos de rotación en los dispositivos
docentes con los que exista un Convenio previo del Sistema Nacional de Salud, en las
especialidades en Ciencias de la Salud que presenten un contenido cuyo conocimiento
resulte de utilidad para una mejor y más completa formación de aquellos, pudiendo
acceder a sus medios de formación, investigación y consulta. En su totalidad, estos
períodos de rotación se desarrollarán durante un período de dos años dentro del período
formativo de cuatro años de la especialidad.
Noveno.
Que los IMLCF de Albacete, Cuenca y Guadalajara y de Toledo y Ciudad Real están
dotados de personal cualificado y de los medios apropiados para la constitución de
una UD para la formación sanitaria especializada (en adelante FSE) en Ciencias de la
Salud que le permita desarrollar el programa formativo de la especialidad de Medicina
Legal y Forense en aquellas materias acordes con las competencias y actividades que el
Instituto desempeña, así como colaborar en la FSE de otras especialidades en Ciencias
de la Salud.
Décimo.
Que la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La
Mancha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67 y 68, atribuye al Servicio de
Salud de Castilla-La Mancha (en adelante SESCAM), personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar, para el cumplimiento de los fines de provisión de servicios y
gestión de centros y establecimientos sanitarios en desarrollo de los programas de salud
destinados a la protección y mejora del nivel de salud de la población.
Undécimo.
Que el SESCAM dispone de centros formativos, asistenciales, de investigación,
unidades administrativas y dispositivos docentes acreditados para la FSE en Ciencias de
la Salud.
Duodécimo.
Que la situación antes descrita determina la conveniencia de suscribir el presente
Convenio con el que se pretende sentar las bases para canalizar las necesarias
relaciones de colaboración que deben existir entre las UD de los IMLCF y las
distintas UD del Servicio de Salud, que actuarán como dispositivos docentes asociados.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Constituye el objeto del presente Convenio establecer el compromiso escrito de
colaboración para la FSE de Medicina Legal y Forense y otras especialidades en
Ciencias de la Salud, entre el Ministerio de Justicia y el SESCAM.
cve: BOE-A-2021-10639
Verificable en https://www.boe.es
En virtud de lo expuesto, las partes estiman conveniente la formalización del
presente Convenio, que regula las relaciones de colaboración que deben existir entre
todos los intervinientes, por lo que estipulan las siguientes: