I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-10584)
Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76275
particularmente el solar y el eólico, que llevan aparejados menores costes variables para
la producción de energía eléctrica y que redundan directamente en una reducción de la
factura eléctrica.
Por otra parte, esta situación de precios crecientes en el mercado eléctrico se produce
en el contexto de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 que está teniendo un
enorme impacto en la actividad económica, con una reducción muy significativa en el
empleo y un aumento en el número de consumidores vulnerables.
Desde una perspectiva de equidad social, la estadística sobre gasto de los hogares y
presupuestos familiares publicada por el INE muestra que la electricidad tiene un peso
relativo mayor en la cesta de consumo de los hogares con menor renta, lo que significa que
una subida de precios de la electricidad tiene efectos regresivos, perjudicando
proporcionalmente más a los deciles de menor renta. Y ello con independencia de los
esquemas de protección de los consumidores vulnerables existentes en la actualidad en
España (bono social de electricidad), ya que se basan en un descuento sobre la factura final.
La situación descrita tiene efectos negativos de diversa índole: a la ya referida
creciente alarma y malestar social, ha de añadirse que los altos precios de la electricidad
inciden sobre la renta disponible de los hogares y suponen un freno para su recuperación
en el escenario post-COVID-19.
A su vez, suponen una seria amenaza para la agenda de «descarbonización» asumida
por España y la Unión Europea, al poner en peligro una de sus palancas principales: el
proceso de electrificación de la economía como vía más eficiente y eficaz para reducir las
emisiones asociadas a los usos energéticos.
Vinculado al éxito de la «descarbonización», los ciudadanos no entienden cómo con
una penetración cada vez mayor de las energías renovables los precios de la electricidad
son cada vez más caros, lo que está generando una desconfianza creciente en el proceso
de transición energética en su conjunto.
Ante esta situación, el Gobierno de España está actuando sobre los distintos
componentes que determinan el precio final de la electricidad, incluida la parte relativa a
los costes regulados distintos a los impuestos (denominados «cargos»), para los que se
está proponiendo su redistribución entre todos los combustibles a través del Fondo para la
Sostenibilidad del Sistema Eléctrico.
También se ha propuesto un mecanismo de minoración del denominado «dividendo
del CO2», que perciben las centrales más antiguas no emisoras, y cuyos ingresos se
destinarán a financiar parte de esos costes regulados (los destinados al fomento de las
renovables, cogeneración y residuos) y a la lucha contra la pobreza energética.
Estas medidas, sin embargo, no estarán aprobadas en el corto plazo ya que se están
tramitando como proyectos de ley y, por tanto, no surtirán efectos inmediatos.
Adicionalmente, desde numerosos colectivos de la sociedad civil y por parte de los
principales grupos políticos se está reclamando al Gobierno para que actúe sobre la
fiscalidad de la electricidad, de manera que las reducciones en los precios finales sean de
mayor cuantía y más inmediatas.
Por otra parte, otro de los elementos que forma parte de la factura eléctrica es la
aplicación del tipo general del 21 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA, en
adelante) a las entregas de electricidad.
No obstante, el artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de
noviembre, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, establece que,
previa consulta del Comité consultivo del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante,
Comité del IVA), todo Estado miembro podrá aplicar un tipo impositivo reducido a las
entregas de electricidad.
Como se indicaba anteriormente, desde finales de 2020 y, más intensamente, a partir
de marzo de 2021, el precio del mercado mayorista de la electricidad en España está
marcando precios inusualmente altos, situación que se ha agravado en las últimas semanas
lo cual determina que se dan las circunstancias que aconsejan hacer uso de la facultad
conferida a los Estados miembros de forma inmediata para acometer una rebaja del tipo del
IVA aplicable a determinados suministros de energía eléctrica y de esta forma garantizar la
cve: BOE-A-2021-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76275
particularmente el solar y el eólico, que llevan aparejados menores costes variables para
la producción de energía eléctrica y que redundan directamente en una reducción de la
factura eléctrica.
Por otra parte, esta situación de precios crecientes en el mercado eléctrico se produce
en el contexto de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 que está teniendo un
enorme impacto en la actividad económica, con una reducción muy significativa en el
empleo y un aumento en el número de consumidores vulnerables.
Desde una perspectiva de equidad social, la estadística sobre gasto de los hogares y
presupuestos familiares publicada por el INE muestra que la electricidad tiene un peso
relativo mayor en la cesta de consumo de los hogares con menor renta, lo que significa que
una subida de precios de la electricidad tiene efectos regresivos, perjudicando
proporcionalmente más a los deciles de menor renta. Y ello con independencia de los
esquemas de protección de los consumidores vulnerables existentes en la actualidad en
España (bono social de electricidad), ya que se basan en un descuento sobre la factura final.
La situación descrita tiene efectos negativos de diversa índole: a la ya referida
creciente alarma y malestar social, ha de añadirse que los altos precios de la electricidad
inciden sobre la renta disponible de los hogares y suponen un freno para su recuperación
en el escenario post-COVID-19.
A su vez, suponen una seria amenaza para la agenda de «descarbonización» asumida
por España y la Unión Europea, al poner en peligro una de sus palancas principales: el
proceso de electrificación de la economía como vía más eficiente y eficaz para reducir las
emisiones asociadas a los usos energéticos.
Vinculado al éxito de la «descarbonización», los ciudadanos no entienden cómo con
una penetración cada vez mayor de las energías renovables los precios de la electricidad
son cada vez más caros, lo que está generando una desconfianza creciente en el proceso
de transición energética en su conjunto.
Ante esta situación, el Gobierno de España está actuando sobre los distintos
componentes que determinan el precio final de la electricidad, incluida la parte relativa a
los costes regulados distintos a los impuestos (denominados «cargos»), para los que se
está proponiendo su redistribución entre todos los combustibles a través del Fondo para la
Sostenibilidad del Sistema Eléctrico.
También se ha propuesto un mecanismo de minoración del denominado «dividendo
del CO2», que perciben las centrales más antiguas no emisoras, y cuyos ingresos se
destinarán a financiar parte de esos costes regulados (los destinados al fomento de las
renovables, cogeneración y residuos) y a la lucha contra la pobreza energética.
Estas medidas, sin embargo, no estarán aprobadas en el corto plazo ya que se están
tramitando como proyectos de ley y, por tanto, no surtirán efectos inmediatos.
Adicionalmente, desde numerosos colectivos de la sociedad civil y por parte de los
principales grupos políticos se está reclamando al Gobierno para que actúe sobre la
fiscalidad de la electricidad, de manera que las reducciones en los precios finales sean de
mayor cuantía y más inmediatas.
Por otra parte, otro de los elementos que forma parte de la factura eléctrica es la
aplicación del tipo general del 21 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA, en
adelante) a las entregas de electricidad.
No obstante, el artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de
noviembre, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, establece que,
previa consulta del Comité consultivo del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante,
Comité del IVA), todo Estado miembro podrá aplicar un tipo impositivo reducido a las
entregas de electricidad.
Como se indicaba anteriormente, desde finales de 2020 y, más intensamente, a partir
de marzo de 2021, el precio del mercado mayorista de la electricidad en España está
marcando precios inusualmente altos, situación que se ha agravado en las últimas semanas
lo cual determina que se dan las circunstancias que aconsejan hacer uso de la facultad
conferida a los Estados miembros de forma inmediata para acometer una rebaja del tipo del
IVA aplicable a determinados suministros de energía eléctrica y de esta forma garantizar la
cve: BOE-A-2021-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151