I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad vegetal. (BOE-A-2021-10588)
Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales y se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76432
LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIVERO,
PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN DE EXPORTACIÓN
VIVERO (NOMBRE, NÚMERO DE REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES)
Fecha de visita:
A.
Iluminación.
SÍ
NO
OBSERVACIONES
SÍ
NO
OBSERVACIONES
SÍ
NO
OBSERVACIONES
1. Los locales en los que los productos son descargados,
inspeccionados o almacenados, cuentan con una
iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo
dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500
luxes.
2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente
natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes
conforme al RD 486/97.
B.
Área de inspección.
1. Aislada o separada adecuadamente, identificada y de
dimensiones suficientes que permita la correcta inspección,
manipulación y movimiento del material vegetal a
inspeccionar. La zona de inspección está protegida de las
inclemencias meteorológicas.
2. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y
techos fáciles de limpiar, así como con desagües. Excepto
en el caso de inspección de árboles o plantas de gran
tamaño, cuyas dimensiones condicionen el área de
inspección.
C.
Equipamiento.
1. Cuenta con medios para la descarga y movimiento de
mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas….
2. Mesa/s o bancada para la inspección que permita la
manipulación de muestras del material vegetal a
inspeccionar.
3. Elementos de corte. (Tijera de podar, cuchillo, sierra
manual, …).
5. Lupa de pie con luz incorporada, según especificaciones
establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías)
equipada con bombilla como mínimo de 20 W. Obligatorio en
función del material a inspeccionar.
6. Material de laboratorio (material de pesaje, cuchillos,
papel secante, lancetas, bisturí, tijeras, bandeja de plástico
blancas, pincel…) necesario para realizar la inspección
según el material vegetal, así como guantes, batas,
chaquetas, etc.
cve: BOE-A-2021-10588
Verificable en https://www.boe.es
4. Material para la preparación de muestras (botes, bolsas,
material para identificación/etiquetado de muestras).
Núm. 151
Viernes 25 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 76432
LISTA DE COMPROBACIÓN DE REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIVERO,
PARA LA REALIZACIÓN DE INSPECCIÓN DE EXPORTACIÓN
VIVERO (NOMBRE, NÚMERO DE REGISTRO*, DIRECCIÓN, Y OTROS DATOS RELEVANTES)
Fecha de visita:
A.
Iluminación.
SÍ
NO
OBSERVACIONES
SÍ
NO
OBSERVACIONES
SÍ
NO
OBSERVACIONES
1. Los locales en los que los productos son descargados,
inspeccionados o almacenados, cuentan con una
iluminación natural o artificial adecuada conforme a lo
dispuesto en el RD 486/97, siendo el límite mínimo de 500
luxes.
2. Área de inspección con luz suficiente, preferentemente
natural, y si es artificial que sea como mínimo de 1000 luxes
conforme al RD 486/97.
B.
Área de inspección.
1. Aislada o separada adecuadamente, identificada y de
dimensiones suficientes que permita la correcta inspección,
manipulación y movimiento del material vegetal a
inspeccionar. La zona de inspección está protegida de las
inclemencias meteorológicas.
2. El área de inspección cuenta con paredes, suelos y
techos fáciles de limpiar, así como con desagües. Excepto
en el caso de inspección de árboles o plantas de gran
tamaño, cuyas dimensiones condicionen el área de
inspección.
C.
Equipamiento.
1. Cuenta con medios para la descarga y movimiento de
mercancía, por ejemplo, carretillas eléctricas, transpaletas….
2. Mesa/s o bancada para la inspección que permita la
manipulación de muestras del material vegetal a
inspeccionar.
3. Elementos de corte. (Tijera de podar, cuchillo, sierra
manual, …).
5. Lupa de pie con luz incorporada, según especificaciones
establecidas por el MAPA (mínimo de 3 a 5 dioptrías)
equipada con bombilla como mínimo de 20 W. Obligatorio en
función del material a inspeccionar.
6. Material de laboratorio (material de pesaje, cuchillos,
papel secante, lancetas, bisturí, tijeras, bandeja de plástico
blancas, pincel…) necesario para realizar la inspección
según el material vegetal, así como guantes, batas,
chaquetas, etc.
cve: BOE-A-2021-10588
Verificable en https://www.boe.es
4. Material para la preparación de muestras (botes, bolsas,
material para identificación/etiquetado de muestras).