III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-10562)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, S.M.E., para actuar como entidad colaboradora en el marco de las líneas de ayuda a la financiación al sector agroalimentario y pesquero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150

Jueves 24 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 76193

crédito de liquidez de las explotaciones agrarias, los operadores económicos del sector
pesquero y la industria agroalimentaria.
Quinto.
Que el MAPA y SAECA vienen colaborando habitualmente cuando existe la
necesidad de que el sector agrario acceda a créditos específicos destinados a sus
explotaciones, actuado SAECA como entidad colaboradora en las líneas de ayuda del
MAPA por las que su subvenciona el coste de los avales de SAECA, en el marco de los
convenios suscritos conforme a lo establecido en cada una de las bases reguladoras de
las citadas ayudas.
Sexto.
Que el artículo 103 de la Constitución establece que la Administración Pública sirve
con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo, entre otros, con el principio
de eficacia. Por su parte, el artículo 3.1.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, establece como principio de actuación de las
Administraciones Públicas la «eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados».
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, mediante convenio entre el órgano administrativo
concedente y la entidad colaboradora se regularán las condiciones y obligaciones
asumidas por ésta.
Por ello se considera necesario, en pos de la eficacia y eficiente ut supra
mencionada, realizar un convenio para cualesquiera de las ayudas que tengan por objeto
la financiación mediante la subvención de los costes de gestión y los costes de cara a
agilizar la tramitación de unas ayudas que en la práctica tienen carácter como mínimo
anual, establecer un marco estable de colaboración, que no genere obligaciones
económicas a las partes y que permita mediante este único convenio que SAECA actúe
como entidad colaboradora de futuras líneas de ayudas del MAPA a la financiación del
sector agroalimentario y pesquero en cuyas bases reguladoras así se contemple, a cuyo
efecto participará en la tramitación del procedimiento y la colaboración en la gestión de
las mismas, incluida la justificación y control.
Séptimo.
Que el presente Convenio tiene naturaleza administrativa quedando sometido al
régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En todo caso, al
regularse la actuación de SAECA como entidad colaboradora en el marco de las ayudas
cuyo otorgamiento viene impuesto por la normativa que establece sus bases
reguladoras, regirá el contenido de la misma, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto fijar las condiciones y obligaciones de SAECA
como entidad colaboradora de las líneas de ayuda del MAPA que establezcan
subvenciones al coste de los avales otorgados por SAECA a explotaciones, agentes y
empresas del sector agroalimentario y pesquero, cuyas convocatorias prevean
expresamente que SAECA actúe como entidad colaboradora. A tal fin, en este convenio

cve: BOE-A-2021-10562
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Por todo lo expuesto, ambas partes ACUERDAN suscribir el presente Convenio, que
se regirá por las siguientes