III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-10499)
Resolución de 15 de junio de 2021, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Oviedo, para la realización de prácticas académicas no retribuidas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75909
Tercera. Obligaciones de la Universidad de Oviedo.
La Universidad de Oviedo tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al
desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1. Los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se
hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos
ECTS, las actividades formativas que debe desarrollar el estudiante, el calendario y
horario, así como el sistema de evaluación. El órgano responsable de cada acuerdo
específico de prácticas resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de
las prácticas o del TFG/TFM.
2. El órgano responsable de cada acuerdo específico de prácticas nombrará un
tutor que se responsabilizará de la tutoría de cada uno de los estudiantes participantes
en las prácticas o el TFG/TFM y de la supervisión de su realización.
3. El reconocimiento de la labor desempeñada por los tutores designados por el
INE, con las condiciones establecidas por la Universidad de Oviedo.
Cuarta.
Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística.
El INE, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho
objetivo, las siguientes actuaciones:
1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al
estudiante la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente justificada y
comunicada previamente al Centro, no cancelará los programas de prácticas que en su
caso se acuerden.
2. De acuerdo con el órgano responsable del Grado/Máster, nombrará a un tutor
que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su
estancia, facilitando a la Universidad de Oviedo, al responsable de prácticas o TFG/TFM
del centro en donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización. El informe hará constar el tiempo de prácticas realizado,
horas totales y su contenido.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
co-tutores los profesionales del INE en colaboración con los profesores de la Universidad
de Oviedo.
4. Poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el
desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de
accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
5. El INE observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene
establecidas en el centro asignado, informando por parte del Servicio de Prevención, o
en su defecto por el empleado público designado, de los posibles riesgos en el ejercicio
de su actividad formativa y de la actuación ante una emergencia en el Centro donde
realiza dicha actividad.
Protección de datos.
Los datos de carácter personal de los alumnos que realicen las prácticas, serán
incorporados a los ficheros de datos responsabilidad de las partes firmantes, y serán
tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio. Ambas
partes se comprometen a tratar los mismos conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
cve: BOE-A-2021-10499
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 149
Miércoles 23 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75909
Tercera. Obligaciones de la Universidad de Oviedo.
La Universidad de Oviedo tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vistas al
desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1. Los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se
hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos
ECTS, las actividades formativas que debe desarrollar el estudiante, el calendario y
horario, así como el sistema de evaluación. El órgano responsable de cada acuerdo
específico de prácticas resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de
las prácticas o del TFG/TFM.
2. El órgano responsable de cada acuerdo específico de prácticas nombrará un
tutor que se responsabilizará de la tutoría de cada uno de los estudiantes participantes
en las prácticas o el TFG/TFM y de la supervisión de su realización.
3. El reconocimiento de la labor desempeñada por los tutores designados por el
INE, con las condiciones establecidas por la Universidad de Oviedo.
Cuarta.
Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística.
El INE, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho
objetivo, las siguientes actuaciones:
1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al
estudiante la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente justificada y
comunicada previamente al Centro, no cancelará los programas de prácticas que en su
caso se acuerden.
2. De acuerdo con el órgano responsable del Grado/Máster, nombrará a un tutor
que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su
estancia, facilitando a la Universidad de Oviedo, al responsable de prácticas o TFG/TFM
del centro en donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización. El informe hará constar el tiempo de prácticas realizado,
horas totales y su contenido.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
co-tutores los profesionales del INE en colaboración con los profesores de la Universidad
de Oviedo.
4. Poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el
desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de
accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real
Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
5. El INE observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene
establecidas en el centro asignado, informando por parte del Servicio de Prevención, o
en su defecto por el empleado público designado, de los posibles riesgos en el ejercicio
de su actividad formativa y de la actuación ante una emergencia en el Centro donde
realiza dicha actividad.
Protección de datos.
Los datos de carácter personal de los alumnos que realicen las prácticas, serán
incorporados a los ficheros de datos responsabilidad de las partes firmantes, y serán
tratados únicamente a los efectos de llevar a buen fin el presente Convenio. Ambas
partes se comprometen a tratar los mismos conforme a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
cve: BOE-A-2021-10499
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.