III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-10398)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ayllón, para la ejecución de las obras de construcción de la EDAR y su gestión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Martes 22 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75400
Para afrontar el coste de la inversión existe crédito adecuado y suficiente en la
aplicación presupuestaria 452-A611.11.06/2011 del presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca.
3. Recepción y entrega. Una vez terminada la obra y puesta en marcha la
instalación, la Confederación Hidrográfica del Duero O.A. procederá a la recepción de
dicha obra para posteriormente ponerlas a disposición y entregarlas al Ayuntamiento de
Ayllón para su uso, conservación y explotación.
Junto con el Acta de Recepción, la Confederación Hidrográfica del Duero O.A.
facilitará al Ayuntamiento un manual de uso de las instalaciones para un funcionamiento
adecuado de las mismas.
La entrega se entenderá materializada por la mera notificación al Ayuntamiento de
Ayllón adjuntado una copia del Acta de Recepción. A partir de este momento dicha
Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes al encomendado.
No obstante, como órgano de contratación la Confederación Hidrográfica del
Duero O.A. ejercerá ante el contratista las actuaciones y reclamaciones pertinentes si
en el curso del periodo de garantía de un año, surgieran o se manifestaran vicios
ocultos de los que debiera responder el contratista.
La entrega de las precipitadas obras se efectuará por el Organismo de cuenca en
adecuadas condiciones de uso.
Cuarto. Duración y efectos.
1. El presente Convenio se suscribe por un periodo de cuatro años,
respetándose las normas imperativas y limites sobre la duración y prórrogas
contenidas en el apartado h) del art. 49 de la Ley 40/2015.
2. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por periodos de un año, sin
sobrepasar el límite de duración de las prórrogas de hasta cuatro años adicionales, para
el caso de que en el periodo ordinario de duración por vicisitudes ajenas a las partes que
pudieran acontecer asociadas al proceso expropiatorio, o que pudieran acontecer en
relación con la ejecución y liquidación de las obras no se hubieran podido terminar,
recibir por la Administración (Confederación Hidrográfica del Duero O.A.) las
mencionadas obras, y entregar su titularidad al Ayuntamiento.
3. El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registró Electrónico Estatal de Órganos
de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Comisión de seguimiento.
1. La Comisión de Seguimiento del presente Convenio estará compuesta por tres
representantes de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A. y dos representantes
del Ayuntamiento de Ayllón pudiendo estar asistida por los técnicos y asesores que se
designen, para facilitar la mejor gestión de las estipulaciones del Convenio. Uno de los
representantes de la CHD O.A. actuará como presidente de la misma.
2. La Comisión aprobará sus normas de funcionamiento y nombrará a su
Presidente y a su Secretario que, en caso de no ser uno de los miembros de la
Comisión, tendrá voz pero no voto.
3. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento resolver las dudas que se
presenten en la interpretación del Convenio, realizar un seguimiento de lo acordado
impulsando su puntual cumplimiento, así como determinar aquellas cuestiones técnicas
que sean necesarias para la ejecución del Convenio. También la verificación, en caso de
discrepancias de datos relevantes para el cumplimiento de las obligaciones económicas
que derivan del Convenio, así como acordar los cálculos necesarios para hacer viables
las previsiones contenidas en él.
Esta Comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.f). de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento acordado por
cve: BOE-A-2021-10398
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 148
Martes 22 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 75400
Para afrontar el coste de la inversión existe crédito adecuado y suficiente en la
aplicación presupuestaria 452-A611.11.06/2011 del presupuesto de gastos del
Organismo de cuenca.
3. Recepción y entrega. Una vez terminada la obra y puesta en marcha la
instalación, la Confederación Hidrográfica del Duero O.A. procederá a la recepción de
dicha obra para posteriormente ponerlas a disposición y entregarlas al Ayuntamiento de
Ayllón para su uso, conservación y explotación.
Junto con el Acta de Recepción, la Confederación Hidrográfica del Duero O.A.
facilitará al Ayuntamiento un manual de uso de las instalaciones para un funcionamiento
adecuado de las mismas.
La entrega se entenderá materializada por la mera notificación al Ayuntamiento de
Ayllón adjuntado una copia del Acta de Recepción. A partir de este momento dicha
Entidad Local asumirá todos los derechos y obligaciones inherentes al encomendado.
No obstante, como órgano de contratación la Confederación Hidrográfica del
Duero O.A. ejercerá ante el contratista las actuaciones y reclamaciones pertinentes si
en el curso del periodo de garantía de un año, surgieran o se manifestaran vicios
ocultos de los que debiera responder el contratista.
La entrega de las precipitadas obras se efectuará por el Organismo de cuenca en
adecuadas condiciones de uso.
Cuarto. Duración y efectos.
1. El presente Convenio se suscribe por un periodo de cuatro años,
respetándose las normas imperativas y limites sobre la duración y prórrogas
contenidas en el apartado h) del art. 49 de la Ley 40/2015.
2. En cualquier momento antes de la finalización de dicho plazo, los firmantes del
convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por periodos de un año, sin
sobrepasar el límite de duración de las prórrogas de hasta cuatro años adicionales, para
el caso de que en el periodo ordinario de duración por vicisitudes ajenas a las partes que
pudieran acontecer asociadas al proceso expropiatorio, o que pudieran acontecer en
relación con la ejecución y liquidación de las obras no se hubieran podido terminar,
recibir por la Administración (Confederación Hidrográfica del Duero O.A.) las
mencionadas obras, y entregar su titularidad al Ayuntamiento.
3. El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registró Electrónico Estatal de Órganos
de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Comisión de seguimiento.
1. La Comisión de Seguimiento del presente Convenio estará compuesta por tres
representantes de la Confederación Hidrográfica del Duero O.A. y dos representantes
del Ayuntamiento de Ayllón pudiendo estar asistida por los técnicos y asesores que se
designen, para facilitar la mejor gestión de las estipulaciones del Convenio. Uno de los
representantes de la CHD O.A. actuará como presidente de la misma.
2. La Comisión aprobará sus normas de funcionamiento y nombrará a su
Presidente y a su Secretario que, en caso de no ser uno de los miembros de la
Comisión, tendrá voz pero no voto.
3. Serán funciones de la Comisión de Seguimiento resolver las dudas que se
presenten en la interpretación del Convenio, realizar un seguimiento de lo acordado
impulsando su puntual cumplimiento, así como determinar aquellas cuestiones técnicas
que sean necesarias para la ejecución del Convenio. También la verificación, en caso de
discrepancias de datos relevantes para el cumplimiento de las obligaciones económicas
que derivan del Convenio, así como acordar los cálculos necesarios para hacer viables
las previsiones contenidas en él.
Esta Comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.f). de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento acordado por
cve: BOE-A-2021-10398
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.