III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10400)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea de Alta Velocidad Burgos-Vitoria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75468

relativos a construcción, edificación y transporte (limitación de velocidad de circulación
de vehículos, correcto mantenimiento de maquinaria, priorización de maquinaria con
silenciadores homologados, protección con gomas de partes de la maquinaria más
propensas a recibir golpes, etc.). Dichas medidas se incorporarán como prescripciones
en los respectivos proyectos constructivos.
2. Los proyectos constructivos incluirán un estudio acústico de detalle que modelice
las emisiones de ruido en fase de obra una vez se conozca la ubicación de las áreas
auxiliares. Estas modelizaciones deberán considerar en el escenario más desfavorable el
efecto sinérgico de diversos focos de emisión acústica funcionando de manera
simultánea. Los resultados condicionarán la ubicación de todos aquellos focos más
ruidosos siempre que sea posible, para garantizar el cumplimiento de los límites
legalmente establecidos en las edificaciones residenciales situadas a una distancia
de 500 metros del eje del trazado. Con carácter general, no podrán ubicarse equipos o
maquinarias generadoras de ruido a una distancia inferior a 200 metros de estas
edificaciones, salvo que se justifique la inexistencia de una alternativa técnicamente
posible. Los resultados determinarán la necesidad de limitar el número de máquinas que
trabajen simultáneamente y la conveniencia de modificar los accesos a la obra.
3. Los proyectos constructivos incluirán estudios acústicos de mayor detalle para la
fase de explotación en cada tramo, que verifiquen los resultados obtenidos en el estudio
de ruido del EsIA y garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica y la
no superación de los valores límites legalmente preceptuados, integrando el diseño y
ajuste final de las medidas de protección acústica. En estos estudios de mayor detalle se
deberán considerar también los ramales de acceso y salida a Miranda de Ebro y todas
las edificaciones expuestas dentro de la envolvente del nivel sonoro más desfavorable
(55 dBA) sin la limitación de 200 m de distancia, de cara a la aplicación de medidas
correctoras adicionales, en su caso.
4. Se implantarán pantallas acústicas en ambas márgenes de todos los tramos que
atraviesen Espacios Naturales Protegidos y espacios de Red Natura 2000, a efectos de
reducir al máximo posible el impacto acústico residual. Las dimensiones (longitud y
altura) y características técnicas de estos apantallamientos serán los necesarios que
permitan cumplir los límites legalmente establecidos para estos espacios.
5. Con carácter preventivo, en tanto los estudios acústicos de detalle no
demuestren que la envolvente completa de la isófona de 55 dB(A) no produce afecciones
sobre edificaciones residenciales, se instalarán los siguientes tramos adicionales de
pantallas acústicas en el tramo Burgos-Pancorbo:
– PP.KK. (14+000-14+600) en el borde oeste de la plataforma, a la altura del núcleo
urbano de Temiño.
– PP.KK. (21+200-21+500) en el borde este de la plataforma, a la altura del núcleo
urbano de Rublacedo de Arriba.
– PP.KK. (27+400-27+900) en el borde sureste de la plataforma, a la altura del
núcleo urbano de Quintana-Urría.
– PP.KK. (29+300-29+500) en el borde noroeste de la plataforma, a la altura del
núcleo urbano de Rojas.
– PP.KK. (31+500-32+200) en el borde sureste de la plataforma, a la altura del
núcleo urbano de Piérnigas.
– PP.KK. (44+600-45+400) en el borde norte de la plataforma, a la altura del núcleo
urbano de Berzosa de Bureba.
– PP.KK. (46+200-46+600) en el borde norte de la plataforma y (46+200-47+000) en
el borde sur de la plataforma, a la altura del núcleo urbano de Calzada de Bureba.
6. Con carácter preventivo, en tanto los estudios acústicos de detalle no
demuestren que la envolvente completa de la isófona de 55 dB(A) no produce afecciones

cve: BOE-A-2021-10400
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Núm. 148