III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10400)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea de Alta Velocidad Burgos-Vitoria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 75467

actividades concretas de integración paisajística como unidades de obra a ejecutar en dichos
proyectos, debidamente definidas y presupuestadas. En este sentido, estos estudios
desarrollarán convenientemente las medidas para la integración ambiental y paisajística y la
revegetación a realizar en las zonas degradadas, y se evaluarán mediante técnicas que
permitan controlar el resultado de la infraestructura proyectada y la eficacia de dichas
medidas. Estos estudios tendrán en cuenta los criterios establecidos en los informes del
Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava y la Dirección
General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León.
2. Se procederá a la restauración de todas las superficies afectadas por las obras
que no queden integradas en la infraestructura con carácter permanente, incluyendo las
áreas auxiliares, vertederos, caminos de servicio y cualquier otro elemento auxiliar. Los
caminos de acceso que no tengan una utilidad permanente se reintegrarán al terreno
natural y se revegetarán.
3. Los estudios de afección paisajística determinarán las superficies que sea necesario
revegetar, adecuando la técnica a cada tipo de superficie (siembra, hidrosiembra, plantación,
etc.). Se recuperará la superficie forestal aplicando un coeficiente corrector a la superficie a
repoblar para compensar la pérdida de edad por aumento de la superficie arbolada, que se
acordará con el organismo competente de cada comunidad autónoma.
4. Las revegetaciones deberán planificarse con coherencia ecológica, de modo que
la composición vegetal resultante sea lo más parecida posible a la existente antes de las
obras, que en ningún caso será monoespecífica. Las especies empleadas serán
autóctonas de la zona y propias del ecosistema, debiendo proceder de áreas
biogeográficas lo más próximas posible.
5. En las labores de revegetación se deberán tomar las precauciones oportunas
para evitar la proliferación de especies invasoras, alóctonas o variedades que no sean
propias del área, empleando, en su caso y en el ámbito de la Comunidad autónoma de
Castilla y León, el material forestal de reproducción procedente de las áreas establecidas
en la Resolución de 26 de julio de 2006, de dicha Dirección General y obtenidas de un
proveedor autorizado según establece el Decreto 54/2007, de 24 de mayo, por el que se
regula la comercialización de materiales forestales de reproducción.
6. Se revegetarán las embocaduras de los túneles de acuerdo con su incidencia
visual, la litología del material excavado y las características naturales y paisajísticas del
entorno. Con carácter general, se dispondrán falsos túneles de longitud suficiente para
establecer líneas de relieve continuas (evitando en lo posible las trincheras), y serán
revegetados mediante plantación de especies arbóreas y arbustivas autóctonas.
Deberán extremarse las precauciones en cuanto a la integración paisajística de las
embocaduras de los túneles de Quintanilla, Manzanos y La Puebla, proponiendo cuantas
medidas de integración sean necesarias. A tal efecto, deberá considerarse un diseño
específico muy tendido (por ejemplo, en «pico de flauta») para la embocadura norte del
túnel de La Puebla, especialmente expuesta.
7. Aquellas edificaciones que puedan provocar un impacto paisajístico, serán objeto
de acondicionamiento exterior con revestimiento de piedra y cubierta de tejas. Se
aprovecharán caminos existentes para salidas de emergencia y zonas de rescate,
acondicionándose para acceso de vehículos de emergencia sin firme asfáltico.
8. En los proyectos constructivos del tramo Pancorbo-Ameyugo se llevará a cabo
un estudio en profundidad que analice las posibilidades de integración paisajística del
viaducto sobre la N-I, bien alargando el túnel de Pancorbo si es técnicamente posible, o
bien planteando como medida compensatoria un viaducto singular en el sentido
propuesto por la Dirección del Parque Natural de Montes Obarenes - San Zadornil
(solución estética e innovadora). En dicho viaducto se evitarán las trincheras,
prolongando la embocadura del túnel hasta el terreno original.
8.

Ruido y Población:

1. Se asegurará la minimización de emisiones acústicas en fase de obra mediante
el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas

cve: BOE-A-2021-10400
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Núm. 148