II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-10275)
Resolución de 11 de junio de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74722
el caso de que no solicite el puesto que ocupe en adscripción provisional, el organismo
no estará obligado a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si el puesto
fuera adjudicado en este concurso.
6. Los funcionarios y las funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva, no podrán participar en concursos para cubrir otros
puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública de conformidad con el Departamento al que se
hallen adscritos los indicados cuerpos o escalas.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los
funcionarios y funcionarias que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal
Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la
cobertura de puestos de trabajo en otras administraciones públicas, estará sometida a la
condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las
necesidades del servicio.
8. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia voluntaria por
interés particular (artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015), o por agrupación
familiar (artículo 89.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015), sólo podrán participar si, al
término del plazo de presentación de solicitudes llevan más de dos años en cualquiera
de estas situaciones.
9. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicios en otras
administraciones públicas (artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre), sólo podrán participar en este concurso si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o
traslado a las mismas y en todo caso desde la toma de posesión del destino desde el
que participen si es de carácter definitivo.
10. Los funcionarios y las funcionarias en situación administrativa de expectativa de
destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública y en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo.
11. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme
de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber
finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado como
anexo II de esta resolución, se dirigirán al presidente del Consejo de Seguridad Nuclear en el
plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado». La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la
sede electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder a sitio
https://sede.csn.gob.es/ apartado registro general y recursos del menú - Otros Trámites (en la
parte inferior de la página de inicio) y asimismo se pueden registrar y enviar electrónicamente
los documentos dirigidos al CSN a través del Registro Electrónico General de la AGE (o
Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://sede.administracion.gob.es/ > servicios
electrónicos > Registro Electrónico General de la AGE.
Excepcionalmente, si el empleado o empleada público no pudiera acceder a la citada
modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de
esta resolución y dirigidas al presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, debiendo
presentarse en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN (calle
Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las
solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su presentación.
cve: BOE-A-2021-10275
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Lunes 21 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 74722
el caso de que no solicite el puesto que ocupe en adscripción provisional, el organismo
no estará obligado a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si el puesto
fuera adjudicado en este concurso.
6. Los funcionarios y las funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva, no podrán participar en concursos para cubrir otros
puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública de conformidad con el Departamento al que se
hallen adscritos los indicados cuerpos o escalas.
7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad de los
funcionarios y funcionarias que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal
Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la
cobertura de puestos de trabajo en otras administraciones públicas, estará sometida a la
condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en atención a las
necesidades del servicio.
8. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia voluntaria por
interés particular (artículo 89.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015), o por agrupación
familiar (artículo 89.3 de Real Decreto Legislativo 5/2015), sólo podrán participar si, al
término del plazo de presentación de solicitudes llevan más de dos años en cualquiera
de estas situaciones.
9. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicios en otras
administraciones públicas (artículo 88 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre), sólo podrán participar en este concurso si en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o
traslado a las mismas y en todo caso desde la toma de posesión del destino desde el
que participen si es de carácter definitivo.
10. Los funcionarios y las funcionarias en situación administrativa de expectativa de
destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública y en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 365/1995,
de 10 de marzo.
11. Los aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme
de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber
finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado como
anexo II de esta resolución, se dirigirán al presidente del Consejo de Seguridad Nuclear en el
plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado». La forma de presentación será por medios electrónicos a través de la
sede electrónica del Consejo de Seguridad Nuclear, para ello es preciso acceder a sitio
https://sede.csn.gob.es/ apartado registro general y recursos del menú - Otros Trámites (en la
parte inferior de la página de inicio) y asimismo se pueden registrar y enviar electrónicamente
los documentos dirigidos al CSN a través del Registro Electrónico General de la AGE (o
Registro Electrónico Común) siguiendo la ruta: https://sede.administracion.gob.es/ > servicios
electrónicos > Registro Electrónico General de la AGE.
Excepcionalmente, si el empleado o empleada público no pudiera acceder a la citada
modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de
esta resolución y dirigidas al presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, debiendo
presentarse en el mismo plazo señalado anteriormente en el Registro del CSN (calle
Pedro Justo Dorado Dellmans, 11, 28040 Madrid), o en las oficinas a que se refiere el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las
solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su presentación.
cve: BOE-A-2021-10275
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Núm. 147