I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas presupuestarias, tributarias, administrativas y financieras. (BOE-A-2021-10260)
Decreto-ley 11/2021, de 27 de abril, de medidas de carácter presupuestario, tributario, administrativo y financiero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 74691

El artículo 5 de la Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad
pública de Cataluña, determina que la Policía de la Generalidad-Mossos d'Esquadra y
las policías de los ayuntamientos, con la denominación de policía local, policía municipal,
guardia urbana u otros tradicionales, constituyen la policía de las instituciones propias de
Cataluña. Por otra parte, el apartado 4 de este mismo artículo establece que las
relaciones entre los cuerpos de la policía de las instituciones propias de Cataluña se
rigen por los principios que inspiran el sistema general de seguridad y, en particular, por
los de complementariedad, coordinación, colaboración, cooperación y auxilio mutuo,
especialmente dentro de las juntas locales de seguridad.
En el contexto actual de transmisión comunitaria del virus, la estrategia de lucha
contra la COVID-19 comporta la adopción de varias medidas preventivas y de control,
para proteger la salud de la ciudadanía y contener la propagación de la enfermedad, y
los indicadores epidemiológicos y asistenciales obligan a mantener las medidas de
limitación de actividades no esenciales y de control de la movilidad y a prorrogar las
medidas preventivas, situación que requiere de una actuación policial para comprobar y
denunciar los incumplimientos de estas, hecho que obliga a reforzar las actuaciones de
los respectivos cuerpos policiales en su lucha contra la pandemia.
Vista la gravedad de los datos epidemiológicos y asistenciales actuales que justifican las
limitaciones que siguen siendo adoptadas en las sucesivas resoluciones por las que se
prorrogan y, si procede, modifican las medidas en materia de salud pública para contener el
brote epidémico de la pandemia de la COVID-19 en el territorio de Cataluña, se encuentra
justificado de manera extraordinaria y urgente la adopción inmediata de esta medida, con el
fin de combatir eficazmente la pandemia en todo el territorio de Cataluña.
El capítulo 2, con 2 artículos, contiene medidas de carácter tributario. En primer
lugar, el artículo 2 establece una bonificación de la cuota de la tasa fiscal del juego que
grava las máquinas recreativas y de azar, con la finalidad de ajustar la carga fiscal a la
reducción de la actividad que ha sufrido el sector. Esta bonificación es aplicable a las
autoliquidaciones del primero y segundo trimestre del 2021, que se tienen que presentar
del 1 al 20 del próximo mes de junio.
Por otro lado, con el objetivo de estimular la actividad económica y la competitividad
de un ámbito particularmente castigado por el efecto del confinamiento y la incertidumbre
en la economía del ocio, como es el sector turístico, el artículo 3 prorroga hasta el 31 de
diciembre de 2022, la medida aprobada mediante el Decreto ley 12/2020, de 10 de abril,
por el que se adoptan medidas presupuestarias, en relación con el Sistema sanitario
integral de utilización pública de Cataluña, en el ámbito tributario y en la estructura de la
Administración de la Generalidad, para paliar los efectos de la pandemia generada por la
COVID-19, que en el artículo 3 estableció una rebaja fiscal en el canon del agua, que
consistía en no aplicar en el canon repercutido por las entidades suministradoras en sus
facturas o en el liquidado directamente por la Agencia Catalana del Agua,
correspondiendo a consumos de los meses de abril a diciembre de 2020, los mínimos
específicos para establecimientos hoteleros, campings y otros alojamientos de corta
duración (3 m3 por plaza/mes) y pasar a aplicar los mismos mínimos generales de 6 m3
mensuales previstos para personas usuarias domésticas y el resto de personas usuarias
industriales.
El Decreto ley contiene cinco disposiciones adicionales.
La disposición adicional primera, de contenido presupuestario, establece dos
propuestas que responden al objetivo de mejorar la gestión y la consecución de los
objetivos de los fondos europeos Next Generation EU, con la modificación del Decreto
ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la
implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña
y su sector público.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos fijados en los programas
operativos de FEDER y FSE y en el Plan de recuperación y resiliencia es necesario
agilizar al máximo la ejecución de los proyectos de gasto, adelantando crédito si es

cve: BOE-A-2021-10260
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Núm. 147