III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10203)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de junio de 2021

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de Madrid para las acciones de depuración que benefician a espacios Red Natura 2000,
de la Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco
requiriendo aumentar la ambición ambiental del Plan y recordando la necesidad de dar
un superior nivel de prioridad a las actuaciones en estos ámbitos que benefician a
espacios Natura 2000 contenidas en los Marcos de Acción Prioritaria, y de la Dirección
General de Obras Hidráulicas y Puertos de Cantabria para los vertidos en zonas de
protección de abastecimientos. Augas de Galicia y la Dirección General de Economía
Circular de la Comunidad de Madrid además señalan el desincentivo que supone
priorizar los proyectos de depuración de los núcleos que han dado lugar a
procedimientos de infracción y sentencias condenatorias, en perjuicio de las
administraciones que han venido cumpliendo con las obligaciones derivadas de la
Directiva 91/271/CEE y que ahora precisan mejorar sus instalaciones para alcanzar el
buen estado de las masas afectadas por los vertidos.
En similar sentido, la Dirección General de la Costa y el Mar ha sugerido considerar
para la definición de los criterios de prioridad las áreas de evaluación dentro de las
aguas costeras que no alcanzan el buen estado ambiental para el criterio D-5,
Eutrofización, indicadas en la Parte IV de las estrategias de las demarcaciones marinas.
Se comprende que las actuaciones a las que se refiere esta sugerencia serían
actuaciones de depuración y saneamiento específicamente dirigidas a reducir nutrientes
(tratamiento terciario) cuyos vertidos lleguen siguiendo la dirección del flujo a las
mencionadas áreas marinas. Este tipo de actuaciones deben considerarse incluidas al
menos dentro de la prioridad ambiental 4 (resto de medidas que contribuyen a la
protección de las aguas), cuando no en la prioridad 3 cuando la contaminación difusa de
la masa de agua costera la está impidiendo alcanzar sus objetivos medioambientales por
la Directiva Marco del Agua.
Las medidas de saneamiento y depuración contrarrestan presiones por
contaminación puntual, y las medidas de reutilización puede contrarrestar presión por
extracciones o aumentar la oferta del recurso. Cuando se utilizan como medidas para el
logro de los objetivos medioambientales, las medidas de saneamiento y depuración son
las principales utilizables contra presiones significativas por contaminación puntual. Pero
la reutilización no es más que una de las varias alternativas de medidas utilizables para
reducir la presión por extracciones. En tal caso, entre los criterios para priorizar medidas
de reutilización dirigidas a reducir presión por extracciones se debe incluir que su ratio
coste/efectividad para reducir dicha presión sea el más favorable de entre todos los
demás tipos de medidas posibles.
Los vertidos de aguas residuales depurados constituyen retornos para las masas de
agua continentales que los reciben, y pueden contribuir a reducir la presión por
extracciones a que dichas masas pueden estar sujetas. Este papel es importante en
masas de agua que no alcanzan buen estado o potencial ecológico o presentan mal
estado cuantitativo y sufren presión significativa por extracciones, en particular en
demarcaciones hidrográficas cuyo índice de explotación del recurso WEI+ indica
situaciones de estrés hídrico, incluidas las masas de agua de las desembocaduras, y en
demarcaciones donde se prevé una fuerte reducción del recurso a medio y largo plazo
como consecuencia del cambio climático. También este papel es relevante cuando los
vertidos de aguas residuales depuradas son actualmente una fuente de alimentación
hídrica importante de humedales o espacios protegidos dependientes del agua cuyo
régimen de alimentación natural se ha visto reducido o ha desaparecido como
consecuencia de elevados niveles de explotación del recurso. En estos supuestos no se
deberían plantear reutilizaciones de vertidos de aguas depuradas (criterio de exclusión),
resultando por el contrario recomendable centrar la finalidad de las medidas de
reutilización que promueva la AGE en la reducción de la presión por extracciones de
masas de agua que por este motivo no cumplen sus objetivos medioambientales. El Plan
debe evitar que la reutilización y el concepto de «agua de riego» entendida como
subproducto de las depuradoras se orienten con una doble finalidad de aumentar la

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