III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2021-10136)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Escuela Universitaria Adema (Odontología), para la realización de prácticas externas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de les Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 73906

Las prácticas externas se realizarán a lo largo del curso académico en el horario a
establecer por las personas responsables, según las necesidades y disponibilidad de
casos de los IMLCF, en función de la conveniencia de la misma y de los alumnos/as.
En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto
comportamiento del alumnado o perturbación del normal funcionamiento del IMLCF
donde se realizan las prácticas externas, el Ministerio de Justicia y el IMLCF, podrán
suspender de forma inmediata y cautelar dichas prácticas, poniéndolo en conocimiento
de la Escuela Universitaria Adema (Odontología), para que adopte las medidas que
considere oportunas.
5. El Ministerio de Justicia queda eximido de cualquier responsabilidad respecto al
alumnado del curso, cuyas prácticas externas son de carácter estrictamente académico.
En ningún caso se entenderá que entre las partes se establecen relaciones contractuales
de clase mercantil, civil o laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo cubriendo así necesidades ordinarias de
la Administración de Justicia en detrimento de personal público al que le correspondería
ocupar las plazas que tuviesen atribuidas el desempeño de esas funciones, en lugar de
recibir una adecuada formación práctica, todo ello al no concurrir los requisitos que
exigen las leyes. Como consecuencia de ello el Ministerio de Justicia no está obligado a
devengar contraprestación económica alguna.
6. La realización de las prácticas no se considerará mérito alguno para el acceso a
la función pública ni podrá computarse a efectos de antigüedad o de reconocimiento de
servicios previos en el conjunto de las Administraciones Públicas.
Tercera. Cobertura de riesgos.
La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la
realización de las prácticas externas a que se refiere el presente Convenio será asumida,
exclusivamente, por la Escuela Universitaria Adema (Odontología).
La Escuela Universitaria Adema (Odontología) estará obligada a suscribir una póliza
de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado
participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo
en caso de accidente, durante todo el periodo de duración.

1.

Condiciones específicas de las prácticas externas.
El alumnado estará obligado a:

a) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por el IMLCF donde se realicen
las prácticas externas.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a las
líneas de formación para las que han sido seleccionados/as.
c) Mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la
persona que ejerce la Dirección de las prácticas externas, si se designan, en la forma en
que se establezca.
d) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
e) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o de aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudieran tener
conocimiento por razón de las prácticas externas realizadas durante su estancia en el
juzgado o tribunal donde se realicen, inclusive una vez finalizadas éstas, para lo cual
deberá suscribir el anexo II del presente Convenio.
f) En caso de que esté establecido entregar la memoria final en el plazo previsto a
la persona que desempeñe la tutoría académica, a fin de poder superar las prácticas
externas curriculares y la correspondiente mención favorable en las prácticas externas
extracurriculares.

cve: BOE-A-2021-10136
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.