III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2021-10136)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Escuela Universitaria Adema (Odontología), para la realización de prácticas externas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de les Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

2.

Sec. III. Pág. 73907

El alumnado tendrá derecho a:

a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener una certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de
aprovechamiento alcanzado.
c) Obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.
3. El IMLCF de les Illes Balears, nombrará a la persona o personas vinculada/s al
mismo que ejercerá la tutoría de las prácticas externas, con experiencia profesional y
con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. La misión de estas
personas será:
a) Fijar el plan de trabajo del alumnado.
b) Orientar al mismo en sus dudas y dificultades.
c) Evaluar la actividad del/la alumna/o mediante un informe.
4. El alumnado que finalice el período establecido de prácticas externas, recibirá un
certificado expedido por el IMLCF de Illes Balears donde consten las horas realizadas y
la naturaleza de las actividades llevadas a cabo y el nivel alcanzado según la persona o
personas que ejerzan la tutoría de las mismas.
5. La Escuela Universitaria Adema (Odontología) emitirá un documento acreditativo
a la persona o personas que ejerza/n la tutoría que lo soliciten, por la colaboración
prestada en el programa de prácticas externas.
Quinta. Protección de datos.
Todos los afectados por el presente Convenio vendrán obligados por las
disposiciones y exigencias establecidas por el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás
disposiciones vigentes sobre la materia.
Sexta. Financiación.
La suscripción del presente Convenio no conlleva obligaciones financieras o
contraprestación económica para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las
obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
Real Decreto-ley.

Sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones de aplicación en materia de
publicidad y transparencia en relación con la suscripción del presente Convenio, la
Escuela Universitaria Adema (Odontología) se compromete a destacar en su Memoria
anual y en cuantas acciones realice para difusión de las actividades objeto de este
Convenio, la colaboración prestada por el Ministerio de Justicia y el IMLCF de les Illes
Balears.

cve: BOE-A-2021-10136
Verificable en https://www.boe.es

Séptima. Difusión.