III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-10076)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para el suministro a las Haciendas Forales de determinada información recibida del Servicio Público de Empleo Estatal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Miércoles 16 de junio de 2021

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Igualmente, y en la medida en que las Haciendas Forales aprueben normas análogas
a la estatal que regula los fraccionamientos extraordinarios para el pago de la deuda
tributaria derivada de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
para beneficiarios durante el año 2020 de prestaciones vinculadas a expedientes de
regulación temporal de empleo, será preciso remitirles la relación de NIF y nombre de
contribuyentes de territorio foral que hayan percibido entre el 1 de enero y el 31 de
diciembre de 2020 prestaciones vinculadas a expedientes de regulación temporal de
empleo.
Todo lo anterior hace necesaria la suscripción de este acuerdo, en virtud del cual, el
SEPE encomienda a la Agencia Tributaria el suministro de información sobre cobros
indebidos de prestaciones ERTE COVID-19 y de percepción de prestaciones por ERTE
durante el año 2020 de contribuyentes de territorios forales a las Haciendas Forales del
País Vasco (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) y de Navarra.
IV
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3 del Texto Refundido de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, quedan excluidas del
ámbito de aplicación de la misma, las encomiendas de gestión reguladas en la
legislación vigente en materia de régimen jurídico del sector público.
Por todo ello, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el presente acuerdo
con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El encomendante, el Servicio Público de Empleo Estatal, encomienda a la Agencia
Tributaria, la cesión a las Haciendas Forales del País Vasco (Álava, Guipúzcoa y
Vizcaya) y de Navarra, mediante un suministro telemático, de la información, relativa a
contribuyentes de su territorio foral, sobre percepciones indebidas de prestaciones por
desempleo derivadas de causas ERTE COVID-19, abonadas en el año 2020, sobre los
que durante el año 2021 sea previsible que se dicte resolución de reclamación del
reintegro de estas deudas, así como la relación de NIF y nombre de las personas físicas
que entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 hayan sido perceptores de la
prestación por estar incluidos en un expediente de regulación temporal de empleo.
Segunda.

Ejercicio de las tareas encomendadas.

– Cruzar los registros ERTE remitidos por el SEPE con cada uno de los cuatro
censos de intercambio con las Haciendas Forales en 2020 (para extraer los
contribuyentes forales).
– Generar un fichero de registros ERTE para cada una de las cuatro Haciendas
Forales tras el cruce contra su censo.
– Remitir a cada Hacienda Foral su fichero, realizando tantos envíos como
actualizaciones de la información se reciban del SEPE.
El formato y significado de los campos del fichero a remitir será el establecido por el
SEPE, siendo este organismo el competente para resolver las dudas que las Haciendas
Forales del País Vasco y Navarra puedan tener sobre dichos campos.

cve: BOE-A-2021-10076
Verificable en https://www.boe.es

La labor de la Agencia Tributaria, como encargada de tratamiento de los datos
recibidos del SEPE, consistirá en: