I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Riesgos laborales. (BOE-A-2021-10029)
Real Decreto 427/2021, de 15 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 73378

La disposición final primera se refiere a la atribución constitucional de competencias
en materia laboral. En la disposición final segunda se indica que mediante este real
decreto se lleva a cabo la transposición de la Directiva (UE) 2019/130 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 16 de enero de 2019. La disposición final tercera incluye
como entrada en vigor el día siguiente al de la publicación del real decreto en el «Boletín
Oficial del Estado».
Este real decreto cumple con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El real decreto responde a la necesidad de transposición de una directiva europea, junto con
la necesidad de mejorar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras. Es eficaz y
proporcional, ya que regula los aspectos imprescindibles para que se pueda cumplir lo
previsto en la misma. En cuanto al principio de seguridad jurídica, la norma establece de
manera clara los límites que han de aplicarse. Además, cumple con el principio de
transparencia ya que en su elaboración ha habido una amplia participación de los sectores
implicados, identifica claramente su propósito y la memoria ofrece una explicación completa
de su contenido. Por último, la norma es coherente con el principio de eficiencia, dado que
su aplicación no impone cargas administrativas.
Con este real decreto se avanza en el cumplimiento de la meta 8.8. de la Agenda 2030
para el Desarrollo Sostenible, es decir, en proteger los derechos laborales y promover un
entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los
trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos
precarios.
El real decreto se encuentra incluido en el Plan Anual Normativo de la Administración
General del Estado 2020, aprobado el 8 de septiembre de 2020.
Este real decreto se dicta de conformidad con el artículo 6 de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, ha sido sometido a los trámites de
consulta pública previa e información y audiencia públicas y en su elaboración han sido
consultadas las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como
las comunidades autónomas y ha sido oída la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo
y Economía Social y de la Ministra de Sanidad, de acuerdo con el Consejo de Estado, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2021,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la
protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a
agentes cancerígenos durante el trabajo.
El Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el
trabajo, queda modificado como sigue:
Uno. En el anexo I se añaden dos nuevos apartados 7 y 8, con el siguiente contenido:
«7. Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales
previamente utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar
los elementos móviles del motor.
8. Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.»

cve: BOE-A-2021-10029
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Núm. 143