III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9996)
Resolución de 7 de junio de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con el Centro de Enseñanza Universitaria SEK, SA, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72744

– Guardar secreto sobre los datos de carácter personal a los que tenga acceso en la
realización de las prácticas, así como sobre cualquier otro tipo de información que pueda
conocer como consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa
conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas, en la que se haga constar los datos
personales del estudiante, la unidad donde ha realizado las prácticas y su ubicación, la
descripción concreta y detallada de las tareas desarrolladas y departamentos de la
unidad a los que ha estado asignado, la valoración de las tareas desarrolladas con los
conocimientos y competencias adquiridas en relación con los estudios universitarios.
Quinta.

Seguros.

El/la alumno/a durante el periodo de realización de las prácticas a las que se refiere
el presente convenio quedará acogido al seguro escolar o en su caso al correspondiente
seguro de accidentes y/o a cuantos puedan resultar obligatorios.
Sexta. Configuración de las prácticas.
El lugar y el tiempo de realización de las prácticas externas y las modalidades de las
mismas se fijarán en el Anexo a este Convenio. También se incluirá la identificación de
estudiantes y de tutores, el proyecto formativo, el horario, el sistema de evaluación y
cualquier otro extremo que se juzgue conveniente.
Si en el desarrollo del aprendizaje el estudiante no alcanzara el nivel adecuado por
desatención, incompetencia manifiesta o incumplimiento de las instrucciones
encomendadas, se comunicará inmediatamente a la Universidad esta circunstancia y se
podrá dar por finalizada la realización de la práctica con pérdida de los derechos
formativos.
Séptima.

Difusión de la colaboración del INAEM.

Durante el tiempo de vigencia de este Convenio, el INAEM gozará del título de
entidad colaboradora en prácticas externas de la Universidad.
En todos los actos publicitarios o de comunicación que eventualmente se lleven a
cabo para la difusión de los programas formativos objeto del presente Convenio se hará
constar expresamente la colaboración del INAEM, empleando sus logotipos oficiales,
que se pueden obtener en la página Web del Ministerio de Cultura y Deporte.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos).
Los datos de carácter personal que figuran en este convenio serán tratados por el
INAEM e incorporados a la actividad de tratamiento «Actividad de colaboración», cuya
finalidad es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación
de los que es parte el INAEM.
La Universidad se compromete a informar a los estudiantes, con ocasión de la
comunicación de los datos personales a la entidad colaboradora, sobre la existencia de
dicha comunicación y el tratamiento a realizar por el INAEM en los términos a que se
refiere el Anexo I de este convenio.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de la

cve: BOE-A-2021-9996
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Protección de datos.