II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2021-9958)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se establece el procedimiento regulador del concurso abierto y permanente de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

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plazas tanto en el caso del personal a tiempo parcial como del personal fijo discontinuo,
implicará la novación modificativa del contrato de trabajo.
Octava. Grupo de trabajo de Traslados.
El Grupo de Trabajo de Traslados creado con carácter permanente, de conformidad
con lo establecido en el artículo 18.2.b del IV Convenio Único, negociará las bases de la
convocatoria del concurso abierto y permanente y realizará las adaptaciones que sean
necesarias ante las modificaciones del articulado del Convenio que se pudieran producir
y que pudieran tener incidencia en las mismas. Participará en las distintas fases del
concurso, recibiendo información sobre los puestos de trabajo a cubrir y sobre la
participación de los trabajadores y trabajadoras, y resolverá las alegaciones que se
formulen con la adjudicación provisional de puestos en el concurso abierto y
permanente.
Novena.

Desarrollo del concurso abierto y permanente.

9.1 De acuerdo con lo establecido en la base 1.4, el concurso abierto y permanente
tendrá cuatro resoluciones definitivas anuales.
9.2 Previamente a cada una de las resoluciones definitivas citadas en la base
primera, se publicará la propuesta de resolución provisional.
9.3 A continuación, se abrirá un plazo de cinco días hábiles para presentar
alegaciones. Estas alegaciones serán resueltas por el Grupo de Trabajo de Traslados
establecido en la base 8 publicándose, a continuación, la resolución de adjudicación
definitiva.
9.4 Toda la información relativa a este procedimiento se mantendrá disponible en la
Web del Ministerio de Política Territorial y Función Pública/ Función Pública/ Empleo
público, captación de talento y procedimientos de personal/Procedimientos de personal.

10.1 El plazo de incorporación en el puesto de trabajo obtenido, de conformidad
con lo establecido en el artículo 52 del IV Convenio Único, será de tres días hábiles, en
caso de no implicar cambio de residencia del trabajador o trabajadora, o de un mes, en
caso de que comporte cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dichos
plazos comenzarán a computar desde el día siguiente al de la publicación de la
resolución. La publicación de la reseña en el «Boletín Oficial del Estado» servirá de
notificación a los interesados.
10.2 En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de
puesto y se obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado
deberá optar entre incorporarse de forma efectiva al puesto adjudicado o permanecer en
dicha situación de excedencia, lo que comunicará, dentro del plazo posesorio, al órgano
competente en materia de personal, entendiéndose, en el caso de que opte por
permanecer en situación de excedencia, que la reserva pasa a serlo del puesto
adjudicado.
10.3 La adjudicación de un puesto a una persona que se encuentre en una
situación de excedencia que no conlleve reserva de puesto de trabajo, supondrá el
reingreso al servicio activo de dicho trabajador. Si no existiese incorporación efectiva en
el plazo establecido será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por
interés particular desde la fecha de resolución de adjudicación del concurso.
10.4 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el cómputo de los plazos
de cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o
licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al
que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por
incapacidad temporal.

cve: BOE-A-2021-9958
Verificable en https://www.boe.es

Décima. Cese e incorporación.