III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9811)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo de un programa de becas de formación práctica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

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organismos internacionales con los que mantiene relación, recogidos en el anexo II
–Bases de la convocatoria–.
El desarrollo de la beca, siempre y cuando la organización del centro donde se
realiza la práctica formativa así lo permita, puede ser en remoto, de forma presencial o
alternando ambas modalidades. En el supuesto de que no se pudiera llevar a cabo la
formación práctica en ninguna de sus modalidades, la beca podrá ser suspendida o
cancelada.
Octava.

Desarrollo del proceso de selección. Nombramiento del Jurado.

1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el
Jurado). Las personas que lo componen serán nombradas por el Director General de la
Fundación SEPI, a propuesta de CDTI y de la Fundación SEPI conjuntamente, y estarán
asistidas y coordinadas por responsables de ésta última. La presidencia del Jurado
recaerá en alguna de las personas representantes de la Fundación.
2. Los procesos de selección de los becarios y becarias comprenderán las
siguientes etapas:
– Exclusión de candidaturas: Serán excluidas cuando no reúnan los requisitos
objetivos establecidos en la base tercera del anexo II de este convenio, y aquéllas cuyas
solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de
forma errónea o no ajustada a la realidad.
– Preselección de candidaturas: En la misma, el Jurado definirá las condiciones que
deban cumplir quienes concurran, relativas a los siguientes aspectos: la media
académica –ponderada según el número de cursos de que constan sus estudios y el de
años transcurridos para completarla–, la titulación o especialidad y, en su caso, el nivel
de inglés y los conocimientos informáticos declarados por las personas candidatas, y los
cursos complementarios que hayan realizado.
– Entrevista con el Jurado. Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y aptitud
de las personas candidatas para la consecución de los objetivos del Programa.

Novena.

Beneficios del Programa.

La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes
beneficios:
1. A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros de CDTI
(Madrid o Bruselas) u organismos internacionales recogidos en el anexo II –Bases de la
convocatoria– de conformidad con el plan formativo de su beca.

cve: BOE-A-2021-9811
Verificable en https://www.boe.es

3. Durante el proceso de selección el Jurado solicitará a los candidatos y
candidatas la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los
datos aportados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el
plazo que se les confiera, permitirá al Jurado considerar como no acreditado el dato de
que se trate, sin ulterior recurso.
4. A la vista de los resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de
selección, el Jurado propondrá a la Fundación SEPI la concesión de las becas
convocadas a las personas candidatas que hayan obtenido una mayor puntuación y
tengan el perfil y conocimientos más adecuados en relación a los requerimientos
concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas, teniendo en cuenta los
requisitos exigidos por el CDTI en su oferta de becas.
5. La Fundación SEPI concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado
y comunicará a las personas beneficiarias y al CDTI la adjudicación de las mismas. El
resto de las personas candidatas quedará como suplente.
6. En cada proceso de selección, a propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que
concurran especiales motivos justificados para ello, la Fundación SEPI podrá declarar
desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.