III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9811)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo de un programa de becas de formación práctica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

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Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Sexta.

Obligaciones del CDTI.

1. Definir y entregar a la Fundación SEPI, que deberá dar su conformidad, el
programa de formación que se propone para cada una de las becas y que se
desarrollará durante la duración de éstas.
2. Garantizar que los becarios y becarias son acogidos en los centros de CDTI
(Madrid y Bruselas) o en los organismos internacionales con los que mantiene relación el
CDTI donde vayan a adquirir su formación práctica, designarles un tutor o tutora que se
encargue de velar por su adecuada formación y facilitarles durante toda la duración de la
beca el uso de los medios e instalaciones precisos para su mejor formación. No
obstante, el CDTI se compromete a no iniciar la mencionada formación, hasta el
momento en que la Fundación SEPI le haya confirmado por escrito la incorporación de
tales becarios o becarias a la Seguridad Social.
3. Comunicar a la Fundación SEPI, de forma inmediata, las fechas de inicio y
finalización de la acción formativa de las personas becarias, así como la situación de
baja o ausencia de las mismas.
4. Entregar a la Fundación SEPI la aportación económica especificada en el
anexo I, destinada a compensar a la Fundación SEPI por el coste de las asignaciones
económicas de las personas becarias que le sean asignadas y aquellos otros en que
incurra por la gestión del Programa.
5. Evaluar la actitud y aptitud mostradas por los becarios y becarias respecto de la
formación práctica llevada a cabo, así como informar a la Fundación SEPI sobre las
eventualidades que, en su caso, pudieran surgir proponiendo los acuerdos entre las
partes que estime necesarios para la resolución de las mismas.
6. Velar, conjuntamente con los tutores y tutoras asignados, por la efectiva
formación práctica de los becarios y becarias durante el desarrollo de sus becas. Permitir
y facilitar la asistencia de los becarios y becarias a las acciones formativas, jornadas y
actos que con motivo del desarrollo de este Programa sean convocados.
7. Procurar atender las solicitudes de permisos de las prácticas formativas que, por
asuntos particulares debidamente justificados, puedan presentar quienes sean titulares
de las becas. El CDTI, a la luz de las circunstancias concurrentes, elevará propuesta a la
Fundación SEPI que será la que finalmente resuelva y comunique, primero al CDTI y
después a la persona interesada.
8. Asumir la política de prevención de riesgos penales establecida por la Fundación
SEPI para sus trabajadores, clientes y proveedores. A estos efectos la Fundación SEPI
pone a disposición del CDTI, una copia del manual de prevención de riesgos penales.
9. Guardar confidencialidad sobre el contenido de este convenio y la organización
inherente a la concesión de las becas de la Fundación SEPI y cualquier otra información
de la que haya tenido conocimiento que no sea pública o notoria.
10. Poner todos los medios a su alcance y adoptar todas las medidas de seguridad
necesarias para la protección y tratamiento de los datos personales que le sean cedidos
por la Fundación SEPI para el exclusivo fin de poder desarrollar el objeto del presente
convenio, de conformidad con lo estipulado en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Séptima. Duración y modalidad de las becas.
La beca tendrá una duración de doce meses si la práctica formativa se lleva a cabo
en los centros de trabajo del CDTI ubicados en territorio nacional (Madrid) y de
veinticuatro meses si tiene lugar en la oficina internacional de CDTI (Bruselas) o en los

cve: BOE-A-2021-9811
Verificable en https://www.boe.es

Al suscribir el presente convenio, el CDTI contrae las siguientes obligaciones que
tienen el carácter de esenciales: