III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9811)
Resolución de 9 de junio de 2021, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación SEPI, F.S.P., para la organización y desarrollo de un programa de becas de formación práctica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71999

vigilancia y control prevista en la cláusula decimosegunda, serán recurribles ante la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Decimoséptima.

Eficacia del convenio.

El presente convenio resultará eficaz una vez haya sido inscrito, en el plazo de 5 días
desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Posteriormente habrá de ser publicado en el
«Boletín Oficial del Estado», conforme con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015.
Para que conste, las partes firman el presente convenio en Madrid, a 28 de mayo
de 2021.–El Director General, Ángel Díaz Chao, y la Directora Comercial, Faina Zurita
Ussía, de la Fundación SEPI, F.S.P.–El Director General del Centro de Desarrollo
Tecnológico Industrial, E.P.E., Francisco Javier Ponce Martínez.
ANEXO I
Acuerdo de aportación financiera para compensación económica de los gastos
generados por la gestión del programa
Programa Fundación SEPI-CDTI, E.P.E. 2021/2022
Por medio del presente documento, la Fundación SEPI, F.S.P. (en adelante, la
Fundación SEPI) y el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E. (en
adelante, el CDTI) convienen formalizar el presente acuerdo de compensación
económica para el «Programa Fundación SEPI-CDTI 2021/2022» (en lo sucesivo, el
Programa), que se regirá conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del acuerdo de compensación económica. Conceptos y costes
asociados.

a)

Asignación y cotización a la Seguridad Social por becario o becaria y mes.

– Asignación anual bruta dividida en pagos de 12 meses, en función de la efectiva
fecha de incorporación de la persona beneficiaria y que variará según el destino donde
se desarrolle la beca:
• Beca en CERN (Consejo Europeo para la Investigación Nuclear) Ginebra: 3.
316,66 euros bruto/mes.

cve: BOE-A-2021-9811
Verificable en https://www.boe.es

1. El presente acuerdo tiene por objeto establecer la cuantía de la aportación
económica que el CDTI se compromete a satisfacer a la Fundación SEPI para
implementar el Programa, así como la forma en que debe realizarla. Dicha aportación
económica trata de compensar a la Fundación SEPI de los siguientes costes: (i) De las
asignaciones mensuales a entregar a las personas beneficiarias, así como las
correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social que la Fundación SEPI ha de
asumir por imperativo legal. (ii) De aquellos otros en que la Fundación SEPI incurra por
su contribución a la gestión del Programa, incluido el derivado del seguro de accidentes
y de multiasistencia, en su caso, contratados por la Fundación SEPI a favor de los
becarios y becarias.
2. Las partes acuerdan que la total compensación económica a que se refiere el
apartado anterior se calcule, por becario o becaria, conforme a las cantidades y por los
conceptos siguientes: