III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9768)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XXI Convenio colectivo de Lufthansa, Líneas Aéreas Alemanas, y su personal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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Fondo de Pensiones se basa en el principio de la definición contributiva, siendo sus
características las siguientes:
27.2 Salario sujeto a contribución: El salario contributivo consta de:
– Salario base.
– Complemento personal.
– Complemento aeropuerto.
27.3

Aportaciones: Las aportaciones serán en su conjunto:

– 2% del salario de referencia, más
– el 8% del salario de referencia que supere el importe límite.
El importe límite es igual al 70% del tope de cotización vigente actual en la pensión
de jubilación de la Seguridad Social.
Los citados importes serán abonados a partes iguales por el empleado y la
compañía.
27.4 Afiliación: La afiliación al Fondo de Pensiones es voluntaria.
27.5 Inversión: Para la inversión de las aportaciones se dispone en la actualidad de
los fondos de dos entidades de gestión de inversiones:
– Banco Santander y
– Monte Pio Loreto
El empleado decide la distribución de las aportaciones entre los dos fondos. En caso
de que el empleado no adopte una decisión al respecto, las aportaciones se realizarán a
partes iguales entre los dos Fondos. No es posible una redistribución de las inversiones
ya realizadas.
El cambio de las entidades de gestión de inversión y de los Fondos ofertados se
decide por la empresa de acuerdo con los trabajadores en el marco de las Condiciones
de Administración del Plan.
27.6 Administración: Los empleados participan en la administración del Plan de
Pensiones conforme a lo estipulado en la normativa legal.
Artículo 28.

Vestuario.

El personal deberá vestir uniforme en todos aquellos casos en que así lo prescriban
las normas de la empresa, emanadas de su casa central, siendo el pago del mismo por
cuenta de ésta.
Las prendas de que consta el uniforme se encuentran detalladas en Intranet.
CAPÍTULO 8
Régimen disciplinario
Audiencia.

En caso de que existan quejas o acusaciones contra un empleado, éste deberá ser
oído antes de hacerse constar los hechos en el acta personal, y sus declaraciones
deberán ser recogidas en el expediente.
Artículo 30. Principios de ordenación.
30.1 Las faltas, siempre que sean constitutivas de un incumplimiento contractual
culpable del trabajador, podrán ser sancionadas por la Dirección de la Empresa de
acuerdo con la graduación que se establece en el presente capítulo.
30.2 Toda falta cometida por los trabajadores se clasificará en leve, grave o muy
grave.

cve: BOE-A-2021-9768
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 29.