III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9766)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Lidl Supermercados, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71708

Excepcionalmente, para las personas trabajadoras encuadradas en el Grupo II y
Nivel II, con una antigüedad en la Empresa de al menos 10 años y 5 años dentro del
Grupo II y Nivel II, en el momento de la adecuación (28 de febrero del 2021) de forma
automática quedarán encuadrados en la Banda (C).
Las personas trabajadoras con contrato a tiempo completo, y encuadradas en el
Grupo Profesional II Nivel II, podrán solicitar incrementar su jornada a 1795 horas en 224
días máximos de trabajo al año.
CAPÍTULO VIII
Licencias, protección a la vida familiar y excedencias
Artículo 36.
A.

Permisos retribuidos y no retribuidos.

Permisos retribuidos.

1. Quince días naturales por matrimonio, o inscripción en el correspondiente
registro oficial como pareja de hecho. La persona trabajadora comenzará su disfrute
desde el hecho causante o, en su caso, desde el primer día laborable. Si se disfruta del
permiso por pareja de hecho, no se podrá disfrutar posteriormente del de matrimonio si
las dos uniones son con la misma persona.
2. Dos días laborables por accidente o enfermedad grave, hospitalización o
intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes
hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo a la pareja de hecho
debidamente acreditada. Este permiso se iniciará el primer día laborable para la persona
trabajadora y podrá hacer uso de los días reconocidos en este supuesto mientras dure el
hecho causante, y de forma discontinua.
Una vez agotado el permiso de dos días, en los casos en los que se mantenga la
situación del familiar la persona trabajadora tendrá derecho a su ampliación hasta dos
días más.
En el caso de fallecimiento de los familiares previstos en el párrafo anterior el
permiso será de cuatro días naturales, desde el hecho causante o en su caso desde el
primer día laborable.
En cualquier caso, cuando, por tal motivo, la persona necesite hacer un
desplazamiento al efecto, el permiso será de cuatro días.
3. Un (1) día natural por traslado del domicilio habitual.
4. Un (1) día natural para acudir al matrimonio de pariente de primer grado,
incluyendo parejas de hecho.
5. Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes finales del
personal, cuando éste curse estudios de carácter oficial o académico. En tales casos,
deberán aportar la justificación administrativa que avale su solicitud.
6. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de
carácter público y personal, en los términos recogidos en el apartado d) del artículo 37.2
del Estatuto de los Trabajadores.
7. El tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas
de preparación al parto siempre que no puedan realizarse fuera de la jornada de trabajo.
Es decir en el supuesto de trabajadores que tengan la jornada partida (mañana y tarde) y
las horas les coincidan con las clases de preparación al parto, tendrán derecho a este
permiso. Las personas trabajadoras que tengan jornada continuada tendrán que optar
por los horarios de las clases opuestas a su jornada.
8. El permiso de lactancia se regulará según lo establecido en el artículo 37.4 del
Estatuto de los Trabajadores.

cve: BOE-A-2021-9766
Verificable en https://www.boe.es

El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a
percibir el Salario Base, más los complementos personales por los motivos y el tiempo
siguiente: