III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9764)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71602

el superior se define la concepción global de las tareas, durante cuya realización, hay
posibilidad de consultarle puntualmente y el resultado final es verificado; en
consecuencia, ejerce cierta autonomía al decidir sobre la aplicación concreta de los
métodos para alcanzar los objetivos. Las tareas se encuentran normalmente
estandarizadas y se realizan bajo instrucciones de carácter general, si bien, se requiere
cierta aportación personal para adaptar las normas al trabajo ante nuevas situaciones.
Aplica ocasionalmente algunas acciones o procedimientos para seleccionar, buscar,
discriminar, etc., la información necesaria, la cual no está siempre presente, por lo que
es necesario realizar acciones para obtenerla, acciones que exigen habilidades
normales, basadas en la experiencia. La posición no implica responsabilidad directa en
la gestión de recursos humanos, si bien exige el conocimiento y cumplimiento de las
normas de seguridad básicas que le son inherentes. Respecto a la responsabilidad
económica, las acciones u omisiones sólo afectan a la misión del puesto, con incidencia
leve en la unidad productiva, excepto cuando se refieren al servicio prestado a los
clientes o afectan a la imagen de la empresa, en cuyo caso puede ser significativa. Tiene
acceso y emplea confidencialmente la información básica existente en su área.
Grupo de profesionales de coordinación. Formación teórica o adquirida en la
práctica, hasta un nivel equivalente a FP de grado superior o similar. Realiza por
definición los cometidos propios del grupo de profesionales, pero con absoluta
autonomía, pues con el/la superior/a, evalúa el resultado final, sólo se concretan los
objetivos generales, pero no los métodos, los cuales son decididos autónomamente, ni
hay supervisión durante el proceso de decisión autónoma a menos que la persona
trabajadora lo solicite, sin poder demandar constantemente asistencia jerárquica. Se
requiere igualmente un mayor grado de iniciativa y creatividad, pues existen normas e
instrucciones, pero deben ser interpretadas y totalmente adaptadas para fijar las
directrices concretas de la tarea. Para la obtención de la información, precisa
conocimientos especializados, obtenidos mediante una formación adecuada. Colabora
en la gestión de recursos humanos, realizando acciones encaminadas a orientar el
comportamiento de las personas trabajadoras del grupo de profesionales o personal
base hacia el logro de los objetivos, supervisando las funciones que desarrollan y
ejerciendo, en caso de que se le encomienden, funciones encaminadas a la consecución
de resultados, implantación y gestión en su área de actividad.
Grupo de técnicos/técnicas. Titulación a nivel de escuela superior o de grado medio
o facultades, complementada con estudios específicos. Realiza con un alto grado de
autonomía actividades complejas con objetivos definidos y concretos pudiendo partir de
directrices muy amplias sobre uno o más sectores de la empresa. La persona
trabajadora habitualmente ha de decidir de una manera autónoma acerca de los
procesos, los métodos y la validez del resultado final de su trabajo dentro de los
objetivos fijados por la empresa. Todo ello comporta una gran aportación de los
conocimientos personales técnicos. En el desempeño de su trabajo necesita identificar la
información que requiere y ejecutar las acciones que conduzcan a la aparición de la
información, a su obtención y a su procesamiento. La responsabilidad por sus errores y
faltas tiene importantes efectos negativos en el funcionamiento de la empresa.
Grupo de mandos. Formación teórica o adquirida en la práctica equivalente a
Titulado de grado superior o doctorado. A las órdenes inmediatas de la dirección y
participando en la elaboración de la política de la empresa, dirige, organiza, coordina y
se responsabiliza de las actividades en su puesto.
El empleado ha de decidir autónomamente acerca del proceso, los métodos y la
validez del resultado final dentro de los objetivos fijados por la empresa, sin precisar en
la práctica de asistencia jerárquica. Las instrucciones se enuncian en términos
generales, y han de ser interpretadas y adaptadas en gran medida, estando facultado
para fijar directrices, por todo lo cual, se exige ineludiblemente una gran aportación
personal. El desempeño del puesto requiere identificar qué tipo de información se
necesita y, además, realizar acciones específicas para provocar su aparición y permitir
su obtención. En cuanto a gestión de Recursos Humanos, decide, optando por una línea

cve: BOE-A-2021-9764
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Núm. 139