III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9764)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71609

En concreto, el ascenso se producirá cuando en la persona trabajadora en cuestión
coincidan, en las distintas funciones que a continuación se detallan, todos los requisitos
previstos en cada una de ellas.
Funciones de venta:
– Coordina y forma a las personas a él asignadas.
– Conoce y domina el producto y la gama o surtido del mismo, de modo que debido a
dicho dominio puede participar en la elaboración y evolución del surtido.
– Toma iniciativas en cuanto a la implantación de los productos que él controla.
– Conoce y domina los márgenes unitarios del artículo, en beneficio y rentabilidad de
la sección.
– Propone y aporta ideas y soluciones de mejora de venta, surtido, calidad e
innovación, etc.
Funciones de elaboración, manipulación y despacho de productos:
– Coordina las personas a él asignadas y prepara y distribuye el trabajo de las
mismas.
– Conoce, respeta y domina las normas higiénico-sanitarias del producto: cadena de
frío, temperatura, fecha de caducidad, fermentación, etc.
– Bajo su iniciativa lleva a cabo acciones preventivas para preservar la higiene y
calidad de los productos. Propone y aporta soluciones.
– Aplica de modo autónomo las normas de presentación de un producto, tanto en
venta en autoservicio como en mostrador tradicional: etiquetado, precio, claridad,
calidad, corte regular, porciones, etc.
– La ejecución de su trabajo se sale de los estándares habituales.
– Domina total y regularmente las técnicas de producción, con un alto nivel de
manipulación, elaboración y transformación de la materia prima en producto final para la
venta.
– Incorpora valor añadido al producto con incidencia en rentabilidad.
Funciones de gestión y administración:
– Coordina a las personas a él asignadas, controlando y supervisando el trabajo de
las mismas.
– Domina y aplica, autónomamente, los procedimientos contables y administrativos
internos.
– Respeta el circuito administrativo completo, control de pedidos, gestión de
proveedores, circuitos de mercancías, fórmula y circuitos de venta y pagos, etc.
– Domina las herramientas informáticas puestas a su disposición.

– Coordina, supervisa, controla y forma a las personas a él asignadas.
– Utiliza autónoma y sistemáticamente los medios necesarios para efectuar una
reparación rápida y fiable.
– Elabora el planning de mantenimiento preventivo.
– Tiene control absoluto y aplica las normas de seguridad.
– Perfecto conocimiento de instalaciones y redes, garantizando una predicción de
averías.
– Tiene perfecto dominio del material y de las instalaciones, controlando
procedimientos internos y gestión de necesidades de repuestos para reparaciones.
3.

Mecanismos de ascenso.

El paso de un Grupo profesional inferior a otro superior, quedará condicionado a la
existencia de puesto a cubrir en el Grupo superior.

cve: BOE-A-2021-9764
Verificable en https://www.boe.es

Funciones de mantenimiento: