III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9765)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71674

Los permisos retribuidos contemplados en los apartados b), d) y e) se disfrutarán
en días laborables, si el hecho causante de dicho permiso tiene lugar
en día no laborable, el inicio del permiso será el primer día laborable posterior.
f) Un día por traslado del domicilio habitual.
g) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de
carácter público y personal, siempre que éste sea incompatible con el horario laboral,
debiendo entenderse como tal:
– El ejercicio del sufragio activo.
– La participación en una mesa electoral, como presidente, vocal, interventor o
apoderado de una candidatura electoral.
– La intervención como miembro de un jurado.
– La comparecencia como testigo en juicio civil, penal o laboral.
– La asistencia a juicio como parte demandante en un proceso si el trabajador ha
sido citado para la prueba de interrogatorio.
– El desempeño de un cargo público para el que se haya sido elegido, designado o
nombrado.
Se entenderá como tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber
inexcusable de carácter público y personal:
– Para el ejercicio de sufragio activo, un máximo de cuatro horas, reduciéndose
proporcionalmente para las personas trabajadoras con jornada reducida.
– Para la participación en una mesa electoral como presidente, vocal o interventor
de una candidatura electoral, el día de la votación si éste es laboral y una reducción de la
jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
– Para la participación en una mesa electoral como apoderado de una candidatura
electoral, el día de la votación si éste es laboral.
– Para el desempeño de un cargo público, el tiempo necesario para la asistencia a
las sesiones del Pleno de la Corporación, o de las Comisiones y atención a las
Delegaciones de que forme parte o que desempeñe el interesado.
h) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los
términos establecidos legal o convencionalmente.
i) En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o
acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.d) del ET las personas trabajadoras, para el
cuidado del lactante menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia
del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones.
La duración del permiso de incrementará proporcionalmente en los casos de
nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimientos múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituir este derecho, por una
reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad o acumularlo en
jornadas completas, en un período de catorce días naturales.
La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho
individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio al otro
progenitor, adoptante, guardador o acogedor. No obstante, si dos personas trabajadoras
de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección
empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de
funcionamiento de la empresa, que deberá comunicar por escrito.
Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este
derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta
que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del
cumplimiento de los nueve meses.
– Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas
de preparación al parto, previo aviso y justificación de la necesidad de su realización
dentro de la jornada de trabajo.

cve: BOE-A-2021-9765
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Núm. 139