III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-9669)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Burjassot, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa y opción de compra de aprovechamientos urbanísticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de junio de 2021

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final determinado. Si bien, respecto de éste último, podrían subsanarse los defectos
indicados en la calificación de la Sra. Registradora, si la Dirección General de Registros
y Notariado así lo considera, aunque esta parte recurrente, no lo considera necesario por
contener todos los requisitos de validez y condiciones de acceso a la Publicidad
Registral.
Y ello, por tratarse de actos preparatorios de los derechos que se consolidarán
definitivamente cuando se apruebe definitivamente la Reparcelación, en una o varias
fincas independientes, y en pleno dominio o en proindiviso, cuando el Ayuntamiento de
Burjassot apruebe definitivamente la Reparcelación Forzosa o Voluntaria, pactada por
todos los propietarios afectados.
Por lo expuesto, esta parte solicita, se tenga por presentado este recurso
gubernativo, junto con los documentos que se acompañan, frente a la calificación
realizada por la Sra. Registradora del Registro de Burjassot, de fecha 28 de enero
de 2021, en relación con la Escritura de Elevación a Publico de Contrato Privado
Novatorio y Modificativo de condiciones esenciales del mismo contrato, autorizada por
Don José Fito Martí, Notario de Burjassot, el día 1 de agosto de 2013,
Protocolo 1016/13, y se acceda a lo solicitado en el mismo, procediéndose a la
inscripción por nota marginal, o anotación, de los negocios jurídicos, esto es venta y
opción de compra, contenidos en dicha Escritura.»
IV
La registradora de la Propiedad formó expediente y lo elevó a este Centro Directivo,
haciendo constar en su informe que mantenía los defectos señalados «salvo en cuanto a
la denegación de anotación por defectos subsanables» relativa únicamente a la
inscripción del derecho de opción de compra.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 21, 23 y 30 de la Ley Hipotecaria; 14 y 51 del Reglamento
Hipotecario; 33 a 44 y 77 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se
aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley
Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza
Urbanística; 11, 12, 14, 23, 26, 65.1e) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana; 74, 77, 78, 82 y 79, 93 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana; 119.2 del Real
Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y las
Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 20 de
noviembre de 1998, 27 de febrero de 1999, 23 de octubre de 2001, 26 de junio de 2006,
30 de mayo de 2009, 14 de junio de 2011, 13 de abril y 22 de julio de 2016, 17 de marzo
de 2017 y 11 de junio de 2018.
1. Se plantea en el presente expediente la inscripción de una escritura de elevación
a público y modificación de un contrato privado de opción de compra en la que concurren
las siguientes circunstancias:
– El negocio se refiere a la finca registral 1.071 del Registro de Burjassot, descrita
como urbana situada en el ensanche del pueblo y con una superficie de 1.187 metros
cuadrados en cuya parte central existe una casa de habitación y recreo. La finca se
encuentra gravada con una hipoteca a favor de «Banco Popular Español, S.A.».
– En virtud del contrato privado y su modificación que formalizan en la escritura las
partes estipulan lo siguiente: en primer lugar, la venta de los derechos de
aprovechamiento urbanístico que a la finca descrita le correspondan en la Unidad de

cve: BOE-A-2021-9669
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Núm. 138