I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9632)
Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 70670

2. El número máximo de convocatorias para esta asignatura será de cuatro.
3. Se celebrarán, al menos, dos evaluaciones y calificaciones en el curso
académico.
El resultado de estas evaluaciones tendrá la consideración de primera convocatoria.
Si por cualquier circunstancia un alumno o alumna no pudiese ser evaluado dos
veces, para determinar las notas del curso y finales de la asignatura se tendrá en
consideración lo siguiente:
a) Si no pudo ser evaluado en la primera de las evaluaciones, la obtenida será la
derivada de la segunda de las evaluaciones.
b) Si sólo fue evaluado en la primera evaluación, la calificación obtenida será de cinco
(5), siempre que hubiera superado las marcas mínimas exigidas en dicha evaluación.
4. En el caso de no superar la asignatura, se dará opción a una sola prueba
extraordinaria, que tendrá lugar antes del comienzo del curso siguiente, con la
consideración de segunda convocatoria.
5. Si en esta segunda convocatoria no se superase la evaluación, el alumno o
alumna deberá repetir el curso académico, siguiendo el proceso indicado en los
apartados 3 y 4 (tercera y cuarta convocatoria).
6. Las calificaciones de la asignatura vendrán determinadas por las marcas que
vaya obteniendo el alumnado, siendo el resultado de transformar a puntuaciones,
comprendidas entre cero (0) y diez (10) puntos, y conforme a criterios predeterminados,
los objetivos didácticos que sucesivamente se alcancen. La puntuación final
correspondiente al nivel mínimo exigido será la de cinco (5) puntos.
Artículo 32.

Evaluación de las asignaturas del módulo Servicio Operativo.

1. El número máximo de convocatorias en las asignaturas del módulo de Servicio
Operativo será de dos, y el modo de superarlas será el siguiente:
a) A lo largo del segundo curso académico, mediante el proceso de evaluación
continua (primera convocatoria).
b) En el caso de no superar la primera convocatoria, se deberá repetir el curso
académico, mediante el proceso indicado en el párrafo a) (segunda convocatoria),
excepto si supera el plazo máximo indicado en el artículo 28.1.

Disposición adicional primera.

Protección de la maternidad.

En lo que se refiere a esta orden y respecto a la protección de la maternidad, se atenderá
a lo dispuesto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

cve: BOE-A-2021-9632
Verificable en https://www.boe.es

2. La evaluación de la asignatura de Prácticas de Unidad será realizada por la
observación diaria de un tutor o profesor colaborador, según se determine por la persona
titular de la Dirección General de la Guardia Civil.
3. En la asignatura de Consolidación de Conocimientos, se deberá superar
trimestralmente un determinado número de horas de formación a distancia, debiendo
haberse superado todas las horas de la asignatura a su finalización.
4. Cada asignatura de este módulo será valorada como «apto» o «no apto».
5. En el caso de que un alumno o alumna resulte «no apto» en alguna de las
asignaturas de este módulo, deberá repetir curso, para lo cual se le designará una
unidad de prácticas y un tutor diferentes para el siguiente curso académico.
6. La no superación de este módulo, tras agotar las dos convocatorias, supondrá la
baja en el centro docente de formación.