I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Títulos académicos. Currículo. (BOE-A-2021-9629)
Orden EFP/573/2021, de 7 de junio, por la que se establece el currículo de los ciclos de grado superior correspondiente a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

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Ley Orgánica 3/2007, 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en
la gestión y constitución de una organización deportiva.
3. Dirige una organización deportiva aplicando procedimientos de gestión económica y
contable de la misma.
- Concepto de contabilidad. Nociones básicas.
- Análisis de la información contable.
- Obligaciones fiscales de las organizaciones deportivas o empresas de servicios
deportivos.
- Gestión administrativa de organizaciones deportivas o empresas deportivas.
4. Organiza y gestiona competiciones y eventos propios del nivel de tecnificación
deportiva, analizando los requisitos administrativos, los medios materiales y humanos
necesarios, en relación con el marco legal que las regula y los criterios de sostenibilidad.
- Competiciones deportivas. Estructura organizativa básica. Funciones y
responsabilidades:
- Vías de apoyo económicas y materiales.
- Apoyo al patrocinio del deporte femenino, su importancia en la organización
de eventos de esta naturaleza.
- Organización de actos de protocolo.
- Seguridad en las competiciones/eventos deportivos.
- Gestión y difusión de los resultados de las competiciones deportivas.
- Sostenibilidad en competiciones y eventos deportivos:
- Medidas para minimizar las afecciones en la biodiversidad y de
restauración de zonas afectadas. Preservación de zonas frágiles,
patrimonio arqueológico, histórico y cultural.
- Medidas de ahorro y uso eficiente del agua.
- Gestión de residuos y limpieza.
- Minimizar el uso de energía, fomento de energías renovables.
5. Acompaña a deportistas en competiciones de alto rendimiento, identificando el
marco legislativo y organizativo en el que se encuadran este tipo de competiciones, y
analizando las normativas que le pueden ser de aplicación a deportistas profesionales
y, a deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
- Deporte internacional:
- Normativa de referencia: Carta Olímpica. Carta Europea del Deporte para
todos: Personas con discapacidad. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29
de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General
de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Ley de Igualdad Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres, no discriminación y accesibilidad universal de las personas
con discapacidad. Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad: Resolución de la Asamblea General de la Organización de
las Naciones Unidas (ONU) del 13/12/06 (Art. 30.5).
- Organismos Internacionales. Estructura y funciones: Comité Paralímpico
Internacional, Comité Olímpico Internacional (COI), Tribunal Arbitral del
Deportes (TAS), Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
- Régimen disciplinario.
- Deporte profesional. Concepto:
- Regulación laboral especial. R.D. 1006/85, de 26 de junio, por el que se
regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales.
- Ligas profesionales españolas. Características.
- Deporte de alto nivel y de alto rendimiento:
- Normativa de aplicación Deportistas de Alto Nivel (DAN)- Deportistas Alto
Rendimiento (DAR).
- Plan de la Asociación de Deportes Olímpicos (ADO). Características.
- Plan para el Apoyo al Deporte Objetivo Paralímpico (ADOP).
Características.

cve: BOE-A-2021-9629
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