III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9535)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los planes de seguros agrarios combinados en el ejercicio presupuestario 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69893

conformidad con lo dispuesto al efecto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Duodécima.

Declaraciones de siniestros.

AGROSEGURO remitirá quincenalmente a ENESA mediante comunicación
electrónica, según los anexos VII y XVII, un resumen acumulativo de las declaraciones
de siniestro recibidas hasta la fecha, ordenadas y totalizadas por líneas, provincias y
términos municipales en el que se recogerán:









Número de siniestros.
Causas del siniestro.
Fecha de ocurrencia.
Número de parcelas siniestradas.
Superficie siniestrada.
Módulo.
Tipo de Capital Asegurado.
Cultivo Afectado.

En el caso de las producciones ganaderas se sustituirán los dos últimos epígrafes
por los siguientes:
– Número de explotaciones siniestradas.
– Número de animales siniestrados.
– Especie animal.
Decimotercera.

Actas de tasación.

En el plazo de ciento veinte días desde la finalización del período de garantía de
cada línea de seguro, AGROSEGURO facilitará a ENESA, mediante comunicación
electrónica la información relativa a la totalidad de las Actas de Tasación terminadas y
validadas, incluyendo tanto las indemnizables como las no indemnizables. La estructura
de dicha información será la que figura en los anexos VII y XVII de este Convenio.
Decimocuarta. Indemnizaciones.
Por parte de AGROSEGURO se facilitará a ENESA, mediante comunicación
electrónica, y con una periodicidad quincenal, la información acumulada correspondiente
a las fases de pago de siniestros realizadas hasta la fecha. Dicha información incluirá los
siguientes datos:
Planes de seguros.
Serie de pagos.
Línea de seguro.
Datos de la póliza.
Provincia.
Número de actas liquidadas.
Indemnizaciones pagadas.

Decimoquinta.

Disponibilidad de la información.

Con el fin de que ENESA pueda realizar las comprobaciones oportunas sobre los
datos facilitados en relación con la siniestralidad, AGROSEGURO pondrá a su
disposición y para su consulta, el archivo de declaraciones de siniestro, Actas y finiquitos
de pago.
AGROSEGURO habilitará el procedimiento adecuado para que ENESA pueda
disponer de acceso a las bases de datos necesarias que le permitan conocer la
evolución de la siniestralidad en tiempo real.

cve: BOE-A-2021-9535
Verificable en https://www.boe.es