III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9535)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A., y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, para la ejecución de los planes de seguros agrarios combinados en el ejercicio presupuestario 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69891
Décima. Información a facilitar por ENESA a AGROSEGURO.
1.
Información para el proceso de gestión y control del seguro
a)
Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).
Con objeto de mejorar y agilizar los procesos de gestión del seguro, ENESA podrá
proporcionar anualmente a AGROSEGURO la información residente en la Base de
Datos del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), software
informático, y cualquier otra base de datos disponible cuya utilización contribuya a una
mayor calidad de dichos procesos.
La información aportada será entregada con el software de las caches del SIGPAG y
la documentación correspondiente, sin ortofotos, de la campaña en curso.
El fichero se renovará anualmente, a ser posible en el primer trimestre de cada año.
AGROSEGURO no podrá realizar ninguna modificación en la información facilitada,
pudiendo, en su caso, añadir información adicional asociada a la ya contenida en el
SIGPAC, como nuevas capas de datos sobre contratación y siniestralidad, para uso
exclusivo de su gestión, facilitando a ENESA dicha información conforme al anexo XX.
AGROSEGURO comunicará a ENESA las discrepancias que se hayan detectado
entre la información contenida en el SIGPAC, o en dichas bases de datos y los datos de
las pólizas de seguro y su constatación en campo, realizando con carácter anual, un
informe detallado, tanto en papel como, en caso de que sea posible, en formato
electrónico compatible –según especifica el anexo XX–, de la aplicación de la
información facilitada y de las incoherencias detectadas, al objeto de que ENESA pueda
informar a los órganos competentes de la gestión de las respectivas bases de datos.
Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN).
Así mismo, para garantizar un correcto control de las subvenciones destinadas a las
líneas de seguros de explotaciones ganaderas se requiere información por parte de
ENESA de la base de datos del Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN),
siendo la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación la unidad competente para la coordinación de este
registro a nivel nacional.
La estructura y particularidades de Sistema de Seguros Agrarios Combinados,
descontándose la subvención en el momento de la contratación, y el correcto
aseguramiento de las explotaciones, hace necesario que ENESA encargue el
tratamiento de estos datos a AGROSEGURO, facilitándose los siguientes datos de
SITRAN: Código REGA, NIF, titular de la explotación, tipo de explotación, estado,
municipio y provincia de cada subexplotación, especie por subexplotación, clasificación
zootécnica, censo total por especie y censo por categoría de animales y datos de ADS.
La renovación del fichero y el formato de intercambio de datos será el acordado por
ambas partes.
Adicionalmente, se permitirá el acceso a AGROSEGURO a la información autorizada
por la Administración General del Estado contenida en SITRAN, necesaria para la
comprobación de los animales y de la explotación asegurada, así como para el
cumplimiento de las funciones de verificación que tiene atribuidas en el marco de los
Seguros Agrarios Combinados. Para este fin la Dirección General de Sanidad de la
Producción Agraria, previa solicitud de ENESA, facilitará a AGROSEGURO accesos
individuales restringidos a SITRAN.
2.
Empleo de la información.
AGROSEGURO se compromete al uso de la información de las bases de datos
facilitadas por ENESA única y exclusivamente para el correcto desarrollo de la gestión
del seguro y la realización de los trabajos de tasación de los daños declarados.
cve: BOE-A-2021-9535
Verificable en https://www.boe.es
b)
Núm. 136
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69891
Décima. Información a facilitar por ENESA a AGROSEGURO.
1.
Información para el proceso de gestión y control del seguro
a)
Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).
Con objeto de mejorar y agilizar los procesos de gestión del seguro, ENESA podrá
proporcionar anualmente a AGROSEGURO la información residente en la Base de
Datos del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), software
informático, y cualquier otra base de datos disponible cuya utilización contribuya a una
mayor calidad de dichos procesos.
La información aportada será entregada con el software de las caches del SIGPAG y
la documentación correspondiente, sin ortofotos, de la campaña en curso.
El fichero se renovará anualmente, a ser posible en el primer trimestre de cada año.
AGROSEGURO no podrá realizar ninguna modificación en la información facilitada,
pudiendo, en su caso, añadir información adicional asociada a la ya contenida en el
SIGPAC, como nuevas capas de datos sobre contratación y siniestralidad, para uso
exclusivo de su gestión, facilitando a ENESA dicha información conforme al anexo XX.
AGROSEGURO comunicará a ENESA las discrepancias que se hayan detectado
entre la información contenida en el SIGPAC, o en dichas bases de datos y los datos de
las pólizas de seguro y su constatación en campo, realizando con carácter anual, un
informe detallado, tanto en papel como, en caso de que sea posible, en formato
electrónico compatible –según especifica el anexo XX–, de la aplicación de la
información facilitada y de las incoherencias detectadas, al objeto de que ENESA pueda
informar a los órganos competentes de la gestión de las respectivas bases de datos.
Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN).
Así mismo, para garantizar un correcto control de las subvenciones destinadas a las
líneas de seguros de explotaciones ganaderas se requiere información por parte de
ENESA de la base de datos del Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN),
siendo la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación la unidad competente para la coordinación de este
registro a nivel nacional.
La estructura y particularidades de Sistema de Seguros Agrarios Combinados,
descontándose la subvención en el momento de la contratación, y el correcto
aseguramiento de las explotaciones, hace necesario que ENESA encargue el
tratamiento de estos datos a AGROSEGURO, facilitándose los siguientes datos de
SITRAN: Código REGA, NIF, titular de la explotación, tipo de explotación, estado,
municipio y provincia de cada subexplotación, especie por subexplotación, clasificación
zootécnica, censo total por especie y censo por categoría de animales y datos de ADS.
La renovación del fichero y el formato de intercambio de datos será el acordado por
ambas partes.
Adicionalmente, se permitirá el acceso a AGROSEGURO a la información autorizada
por la Administración General del Estado contenida en SITRAN, necesaria para la
comprobación de los animales y de la explotación asegurada, así como para el
cumplimiento de las funciones de verificación que tiene atribuidas en el marco de los
Seguros Agrarios Combinados. Para este fin la Dirección General de Sanidad de la
Producción Agraria, previa solicitud de ENESA, facilitará a AGROSEGURO accesos
individuales restringidos a SITRAN.
2.
Empleo de la información.
AGROSEGURO se compromete al uso de la información de las bases de datos
facilitadas por ENESA única y exclusivamente para el correcto desarrollo de la gestión
del seguro y la realización de los trabajos de tasación de los daños declarados.
cve: BOE-A-2021-9535
Verificable en https://www.boe.es
b)