III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2021-9542)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Unión Europea de Médicos Especialistas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, para favorecer la promoción y difusión del desarrollo profesional de los médicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69952

6. Que el CGCOM, como miembro no gubernamental más representativo de los
médicos en España, ostenta la representación de miembro de pleno derecho de la
UEMS, como recoge el apartado IV.1 de los Estatutos de la UEMS:
IV.1. Miembros de pleno derecho.–La UEMS se compone de al menos tres
miembros de pleno derecho, personas jurídicas y legalmente constituidas conforme a las
leyes y costumbres de su país de origen.
Cualquier organización que represente a los médicos especialistas que tengan
personalidad jurídica o constituida conforme a las leyes y costumbres de su país de
origen también puede convertirse en un miembro de pleno derecho de la UEMS con las
siguientes condiciones:
– Solo la organización nacional profesional no gubernamental más representativa de
un Estado miembro de la Unión Europea o de un país signatario del Acuerdo del Espacio
Económico Europeo, que represente los médicos especialistas puede ser elegido para
miembro Titular de la UEMS.
7. Que el MS, el CGCOM y la UEMS consideran como objetivo primordial el
desarrollo, enseñanza, difusión y reconocimiento de los principios que conforman el
Desarrollo Profesional, ya que supone un avance cuantitativo y cualitativo en la calidad
del acto profesional, asegurando protección tanto para el profesional como para la
sociedad. (Ver Anexo).
8. Que MS, CGCOM y UEMS reconocen que el Desarrollo Profesional constituye
un vehículo de transmisión de conocimientos, habilidades y valores fundamentales para
el ejercicio profesional de los médicos, por lo que las instituciones responsables de estos
profesionales deben ser proactivas para facilitar a todos los niveles todas las actividades
de formación, difusión y reconocimiento.
Esta es la razón por la que las instituciones firmantes suscriben el presente Convenio
marco, teniendo en cuenta que tienen objetivos coincidentes y complementarios, quieren
apoyar este Convenio para mejorar sus respectivas funciones y articular este
documento, de conformidad con lo previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público y con las
siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto del Convenio.

El presente Convenio marco tiene por objeto establecer las bases de cooperación
entre el Ministerio de Sanidad, la UEMS y el CGCOM con objeto de impulsar, promover y
reconocer el Desarrollo Profesional (DP) de los médicos para el ejercicio en España,
mediante acciones conjuntas, que se definen en futuras adendas al mismo. La amplitud
de la cooperación estará condicionada, en cada caso, a los medios de los que disponga
cada una de las entidades signatarias de este Convenio, así como a la prioridad que
requieran sus propios programas en curso. Cada uno de los programas concretos o
específicos de cooperación entre ambas partes requerirá la elaboración de un Acuerdo o
Convenio Específico en el que se determinarán el programa de trabajo, los fines
propuestos y los medios necesarios para su realización. Las propuestas de Acuerdos o
Convenios Específicos serán estudiadas e informadas por la Comisión de Seguimiento
antes de ser sometidas a la aprobación de los órganos rectores de las partes.
Cuando los acuerdos tengan consecuencias económicas deberán respetarse las
normas sobre aprobación de expedientes de gasto y, en su caso, las de intervención
previa reglamentaria, particulares de cada parte, de acuerdo con la Ley.

cve: BOE-A-2021-9542
Verificable en https://www.boe.es

Primera.