III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9540)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de construcción de saneamiento y depuración de San Roque y otros municipios del Campo de Gibraltar (Cádiz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69932
– Recurso hídrico, hidrología e hidrogeología:
Durante la fase de construcción, los potenciales impactos sobre las aguas
superficiales se podrían producir por los movimientos de tierras y explanaciones,
pudiendo cortar el nivel de la capa freática presente en la zona. Se prevén afecciones
puntuales en los cruces con arroyos, vaguadas estacionales, etc. El documento
ambiental incluye una relación de los cursos fluviales más importantes, y las técnicas
para realizar los cruces de los cursos fluviales con las distintas infraestructuras. En
cuanto a los posibles impactos sobre la calidad del agua durante la fase de construcción,
según el documento ambiental, se podrían producir vertidos procedentes del lavado de
hormigoneras, o el aumento de cantidad de partículas en suspensión por el
levantamiento de polvo. Valora la magnitud de este impacto como moderada, ya que a
pesar de que no se va a producir una afección directa sobre ninguna masa de agua
superficial, los cauces se encuentran muy próximos a la zona.
El informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
indica que podría existir afección sobre las masas de agua superficiales durante la fase
de construcción, en la ejecución de los cruces del río Guadacorte y del río Palmones. El
cruce del río Guadacorte se realizará, según el documento ambiental, a cielo abierto, lo
que podría afectar a los espacios de la Red Natura que se encuentran aguas abajo y que
en el apartado correspondiente se describirán. Es por ello que este órgano ambiental
traslada al promotor solicitud, para que, antes de la autorización del proyecto, valore
como alternativa la posibilidad de cruzar el río Guadacorte mediante hinca dirigida y
compare los impactos ambientales previsibles considerando las dos soluciones: a cielo
abierto y mediante hinca dirigida. El promotor, en su informe de fecha de entrada 26 de
octubre de 2020, acepta esta prescripción.
En la fase de explotación, según lo indicado por el promotor, no se prevé la
existencia de ningún impacto negativo sobre el régimen hídrico. Por otra parte, las
actuaciones van a lograr un mayor control de la gestión del agua y un aumento de la
mejora en la calidad del efluente. Sin embargo, el informe de la Delegación Territorial en
Cádiz, considera que se produce una concentración de los vertidos de aguas residuales
depuradas en un solo punto, cuyos efectos sobre el medio receptor deben ser
suficientemente evaluados. Por este motivo, solicitan que se amplíe la información
proporcionada en el documento ambiental, con los aspectos siguientes:
• Localización de los puntos de vertido (EDAR y aliviaderos).
• Características cualitativas, cuantitativas y temporales de los vertidos.
• Descripción de las instalaciones de evacuación de los vertidos.
• Justificación de que las instalaciones proyectadas son las necesarias para que el
grado de depuración de las aguas residuales vertidas es el adecuado teniendo en cuenta
las normas de calidad ambiental determinadas para el medio receptor.
• Conclusiones en materia de dominio público hidráulico.
El promotor contesta al requerimiento de la información anterior trasladado por este
órgano ambiental, comprometiéndose a que, con carácter previo a la puesta en
funcionamiento del sistema de saneamiento y depuración proyectado, solicitará tanto la
autorización ambiental integrada de la actividad proyectada, como la preceptiva
autorización de vertido y la ocupación del Dominio Público Hidráulico. Además, adjunta
un nuevo documento titulado «Calidad de las Aguas». Éste será incluido como
Apéndice 13.9 del anejo n.º 13, Integración Ambiental del proyecto. En su respuesta, el
promotor considera los aspectos requeridos por la Delegación Territorial de Cádiz, y
profundiza en el conocimiento de la posible incidencia del futuro vertido de la EDAR de
San Roque sobre la masa de agua arroyo Madre Vieja. Este documento aportado por el
promotor estudia las distintas alternativas del punto de vertido, la caracterización de los
vertidos y una justificación de que las instalaciones proyectadas son las necesarias para
que el grado de depuración de las aguas residuales vertidas es el adecuado, teniendo en
cve: BOE-A-2021-9540
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69932
– Recurso hídrico, hidrología e hidrogeología:
Durante la fase de construcción, los potenciales impactos sobre las aguas
superficiales se podrían producir por los movimientos de tierras y explanaciones,
pudiendo cortar el nivel de la capa freática presente en la zona. Se prevén afecciones
puntuales en los cruces con arroyos, vaguadas estacionales, etc. El documento
ambiental incluye una relación de los cursos fluviales más importantes, y las técnicas
para realizar los cruces de los cursos fluviales con las distintas infraestructuras. En
cuanto a los posibles impactos sobre la calidad del agua durante la fase de construcción,
según el documento ambiental, se podrían producir vertidos procedentes del lavado de
hormigoneras, o el aumento de cantidad de partículas en suspensión por el
levantamiento de polvo. Valora la magnitud de este impacto como moderada, ya que a
pesar de que no se va a producir una afección directa sobre ninguna masa de agua
superficial, los cauces se encuentran muy próximos a la zona.
El informe de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios
Protegidos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
indica que podría existir afección sobre las masas de agua superficiales durante la fase
de construcción, en la ejecución de los cruces del río Guadacorte y del río Palmones. El
cruce del río Guadacorte se realizará, según el documento ambiental, a cielo abierto, lo
que podría afectar a los espacios de la Red Natura que se encuentran aguas abajo y que
en el apartado correspondiente se describirán. Es por ello que este órgano ambiental
traslada al promotor solicitud, para que, antes de la autorización del proyecto, valore
como alternativa la posibilidad de cruzar el río Guadacorte mediante hinca dirigida y
compare los impactos ambientales previsibles considerando las dos soluciones: a cielo
abierto y mediante hinca dirigida. El promotor, en su informe de fecha de entrada 26 de
octubre de 2020, acepta esta prescripción.
En la fase de explotación, según lo indicado por el promotor, no se prevé la
existencia de ningún impacto negativo sobre el régimen hídrico. Por otra parte, las
actuaciones van a lograr un mayor control de la gestión del agua y un aumento de la
mejora en la calidad del efluente. Sin embargo, el informe de la Delegación Territorial en
Cádiz, considera que se produce una concentración de los vertidos de aguas residuales
depuradas en un solo punto, cuyos efectos sobre el medio receptor deben ser
suficientemente evaluados. Por este motivo, solicitan que se amplíe la información
proporcionada en el documento ambiental, con los aspectos siguientes:
• Localización de los puntos de vertido (EDAR y aliviaderos).
• Características cualitativas, cuantitativas y temporales de los vertidos.
• Descripción de las instalaciones de evacuación de los vertidos.
• Justificación de que las instalaciones proyectadas son las necesarias para que el
grado de depuración de las aguas residuales vertidas es el adecuado teniendo en cuenta
las normas de calidad ambiental determinadas para el medio receptor.
• Conclusiones en materia de dominio público hidráulico.
El promotor contesta al requerimiento de la información anterior trasladado por este
órgano ambiental, comprometiéndose a que, con carácter previo a la puesta en
funcionamiento del sistema de saneamiento y depuración proyectado, solicitará tanto la
autorización ambiental integrada de la actividad proyectada, como la preceptiva
autorización de vertido y la ocupación del Dominio Público Hidráulico. Además, adjunta
un nuevo documento titulado «Calidad de las Aguas». Éste será incluido como
Apéndice 13.9 del anejo n.º 13, Integración Ambiental del proyecto. En su respuesta, el
promotor considera los aspectos requeridos por la Delegación Territorial de Cádiz, y
profundiza en el conocimiento de la posible incidencia del futuro vertido de la EDAR de
San Roque sobre la masa de agua arroyo Madre Vieja. Este documento aportado por el
promotor estudia las distintas alternativas del punto de vertido, la caracterización de los
vertidos y una justificación de que las instalaciones proyectadas son las necesarias para
que el grado de depuración de las aguas residuales vertidas es el adecuado, teniendo en
cve: BOE-A-2021-9540
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Núm. 136