I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Sanidad animal. (BOE-A-2021-9495)
Real Decreto 370/2021, de 25 de mayo, por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España del Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo, y de otras normas de la Unión Europea en materia de piensos y medicamentos, y se modifican diversos reales decretos en materia de ganadería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021
Disposición final cuarta.

Sec. I. Pág. 69699

Habilitación normativa.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, del
Ministerio de Consumo, y del Ministerio de Sanidad, para modificar mediante orden
ministerial, en el ámbito de sus respectivas competencias, el contenido del anexo para su
adaptación a las modificaciones que introduzca la normativa de la Unión Europea o por
motivos urgentes de sanidad animal.
Disposición final quinta.

Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día 28 de enero de 2022, salvo las
disposiciones transitorias primera y segunda, y las disposiciones finales primera y segunda,
que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
Dado en Madrid, el 25 de mayo de 2021.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,

cve: BOE-A-2021-9495
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CARMEN CALVO POYATO