II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-9356)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Sábado 5 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 68823
– Cursos de formación y perfeccionamiento superados, homologados o reconocidos
por la Escuela Gallega de Administración Pública y que tengan por objeto a aprendizaje
de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Galicia.
– Actividad docente: dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización
territorial y normativa de Galicia, régimen local, procedimiento administrativo,
contratación pública, servicios públicos, urbanismo, personal y régimen económicofinanciero de las entidades locales en cursos organizados por la Escuela Gallega de
Administración Pública o en colaboración con esta.
– Publicaciones: en materias relativas a las especialidades de organización territorial
y del derecho propio de Galicia.
3.
Valoración de los méritos:
La proporción que corresponde a cada una de las clases de méritos expresados en
el artículo anterior es la siguiente:
–
–
–
–
4.
Experiencia profesional: hasta un máximo de 0,90 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 1,50 puntos.
Actividad docente: hasta un máximo de 0,30 puntos.
Publicaciones: hasta un máximo de 0,30 puntos.
Reglas para la puntuación de méritos.
a) Experiencia profesional: los servicios prestados se valorarán de la siguiente
manera:
– Servicios prestados como funcionarios de carrera con habilitación de carácter
nacional en puestos reservados en las entidades locales de Galicia:
• De la misma subescala y categoría a la cual se concursa: 0,03 puntos/mes.
• De distinta subescala y categoría a la cual se concursa: 0,02 puntos/mes.
– Servicios prestados en el territorio de la Comunidad Autónoma gallega como
funcionarios de carrera en puestos no reservados a personal funcionario con habilitación
de carácter nacional:
• a.1)
• a.2)
Del subgrupo A1: 0,01 puntos/mes.
Del subgrupo A2: 0,005 puntos/mes.
Máximo: 0,90 puntos.
– Se tendrán en cuenta, únicamente, los cursos impartidos por la Escuela Gallega
de Administración Pública, universidades y organismos públicos dedicados a la
formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las administraciones públicas,
que previamente, hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de
Administración Pública a los efectos de este artículo.
– Sólo se valorarán aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las
especialidades de la organización territorial y del derecho propio de Galicia,
exceptuándose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes.
– La puntuación de cada curso dentro de la escala de 0,10 a 1,5 será establecida
por la Escuela Gallega de Administración Pública en función de la relación de la materia
impartida con las funciones reservadas a los funcionarios con habilitación de carácter
estatal, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas y el sistema de
evaluación.
cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es
b) Cursos de formación y perfeccionamiento: la valoración de los cursos, con
exclusión de los que formen parte de los procesos selectivos correspondientes, se
efectuará de la forma siguiente:
Núm. 134
Sábado 5 de junio de 2021
Sec. II.B. Pág. 68823
– Cursos de formación y perfeccionamiento superados, homologados o reconocidos
por la Escuela Gallega de Administración Pública y que tengan por objeto a aprendizaje
de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de Galicia.
– Actividad docente: dirigida a la enseñanza de las materias sobre organización
territorial y normativa de Galicia, régimen local, procedimiento administrativo,
contratación pública, servicios públicos, urbanismo, personal y régimen económicofinanciero de las entidades locales en cursos organizados por la Escuela Gallega de
Administración Pública o en colaboración con esta.
– Publicaciones: en materias relativas a las especialidades de organización territorial
y del derecho propio de Galicia.
3.
Valoración de los méritos:
La proporción que corresponde a cada una de las clases de méritos expresados en
el artículo anterior es la siguiente:
–
–
–
–
4.
Experiencia profesional: hasta un máximo de 0,90 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 1,50 puntos.
Actividad docente: hasta un máximo de 0,30 puntos.
Publicaciones: hasta un máximo de 0,30 puntos.
Reglas para la puntuación de méritos.
a) Experiencia profesional: los servicios prestados se valorarán de la siguiente
manera:
– Servicios prestados como funcionarios de carrera con habilitación de carácter
nacional en puestos reservados en las entidades locales de Galicia:
• De la misma subescala y categoría a la cual se concursa: 0,03 puntos/mes.
• De distinta subescala y categoría a la cual se concursa: 0,02 puntos/mes.
– Servicios prestados en el territorio de la Comunidad Autónoma gallega como
funcionarios de carrera en puestos no reservados a personal funcionario con habilitación
de carácter nacional:
• a.1)
• a.2)
Del subgrupo A1: 0,01 puntos/mes.
Del subgrupo A2: 0,005 puntos/mes.
Máximo: 0,90 puntos.
– Se tendrán en cuenta, únicamente, los cursos impartidos por la Escuela Gallega
de Administración Pública, universidades y organismos públicos dedicados a la
formación y perfeccionamiento del personal al servicio de las administraciones públicas,
que previamente, hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de
Administración Pública a los efectos de este artículo.
– Sólo se valorarán aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las
especialidades de la organización territorial y del derecho propio de Galicia,
exceptuándose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes.
– La puntuación de cada curso dentro de la escala de 0,10 a 1,5 será establecida
por la Escuela Gallega de Administración Pública en función de la relación de la materia
impartida con las funciones reservadas a los funcionarios con habilitación de carácter
estatal, el grado de dificultad del curso, el número de horas lectivas y el sistema de
evaluación.
cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es
b) Cursos de formación y perfeccionamiento: la valoración de los cursos, con
exclusión de los que formen parte de los procesos selectivos correspondientes, se
efectuará de la forma siguiente: