I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-9353)
Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Sábado 5 de junio de 2021

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organismos públicos y, en su caso, mediante contratos laborales de alta dirección en los
programas adscritos a las otras entidades del sector público.
4. La selección del personal para la ocupación de puestos directivos vinculados a la
gestión de fondos europeos se sujetará a criterios de idoneidad, y se debe llevar a cabo
mediante procedimientos ágiles que garanticen la publicidad y la concurrencia. Para la
designación de este personal se podrán tener en cuenta, entre otros, los conocimientos
especializados en la gestión de fondos europeos, la experiencia profesional en funciones
directivas y de coordinación de equipos de trabajo, así como la capacitación técnica
vinculada al ámbito material del proyecto o programa.
5. El personal directivo vinculado a la gestión de fondos europeos está sujeto a
evaluación del cumplimiento de los objetivos asignados al proyecto, de acuerdo con
criterios de eficacia, eficiencia, responsabilidad para la gestión y control de los
resultados. En los términos que se determinen, este personal presentará periódicamente
una memoria sobre el resultado de la gestión y de los resultados alcanzados en relación
a los objetivos fijados. La evaluación desfavorable del cumplimiento de los objetivos o
resultados asignados al programa comporta el cese de este personal, sin derecho a
percibir indemnizaciones por cese no previstas legalmente.
6. Las retribuciones de este personal serán las que se determinen en el instrumento
de planificación estratégica, y se integrarán por una parte fija y una variable en función
de los objetivos o resultados alcanzados.
7. El régimen de incompatibilidades del personal directivo vinculado a la gestión de
fondos europeos es el establecido para los altos cargos de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Canarias.
8. El personal directivo vinculado a la gestión de fondos europeos que reúna la
condición de personal funcionario de carrera será declarado en situación de servicios
especiales o en excedencia forzosa de tratarse de personal laboral fijo de la
Administración.
Artículo 18.

Formación.

Artículo 19. Refuerzo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la
Comunidad Autónoma de Canarias.
1. En el seno del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad
Autónoma de Canarias se creará una bolsa de empleados públicos, con independencia
de su vínculo funcionarial, laboral o estatuario que, además de disponer del título de
Licenciatura en Derecho o equivalente, cuenten con conocimientos y experiencia

cve: BOE-A-2021-9353
Verificable en https://www.boe.es

1. Se potenciará mediante acciones específicas de formación la capacitación de los
empleados públicos en aquellas materias de especial relevancia para la gestión pública y
el desarrollo de tareas vinculadas a la ejecución de los proyectos y programas
financiados con fondos «Next Generation EU».
El Instituto Canario de Administración Pública, en el ámbito de sus competencias, y
en su caso, de acuerdo con las orientaciones establecidas por el Comité Director de
Planes y Proyectos, impartirán formación a medida para la gestión de los fondos en
materias tales como planificación estratégica, habilidades directivas, contratación
pública, procedimientos de subvenciones y ayudas, gestión financiera o presupuestaria,
convenios o colaboración público privada, entre otras.
2. La formación vinculada a la ejecución de estos fondos tendrá un enfoque de
formación en competencias y orientada al cumplimiento de objetivos y la resolución de
problemas, con especial intensidad en la adquisición y mejora de habilidades digitales.
3. Esta formación contará con la adecuada financiación presupuestaria, adicional a
la contemplada en el presupuesto de los departamentos, y prioridad en sus planes de
formación, de acuerdo con lo establecido en el instrumento de planificación estratégica
para la gestión.