I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-9353)
Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 5 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 68768

2. En el plazo máximo de un mes desde la aprobación de los instrumentos de
planificación estratégica previstos en el artículo 9 del presente Decreto-ley, se aprobará
mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y
Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos la constitución de tales
unidades administrativas de carácter provisional, a propuesta conjunta de la Dirección
General de Planificación y Presupuesto y de la Dirección General de la Función Pública,
previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente,
con un plazo determinado vinculado al desarrollo de los proyectos o a la ejecución del
plan.
Artículo 14. Ordenación de los recursos humanos en los departamentos, órganos y
organismos responsables de la gestión de los proyectos financiados con cargo a los
fondos de los Planes «Next Generation EU».
1. La Orden conjunta de la Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y
Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos prevista en el artículo
anterior contemplará los puestos de trabajo y perfiles profesionales de las unidades
administrativas responsables de la gestión de los proyectos financiados con fondos
«Next Generation EU».
Asimismo, establecerá la creación o modificación de puestos de trabajo cuyas
funciones estén directamente relacionadas con la gestión de proyectos financiados con
fondos «Next Generation EU», de acuerdo con lo establecido en el instrumento de
planificación estratégica para la gestión aprobado. El nivel de los puestos de trabajo de
estas unidades será el establecido con carácter general.
2. Sin perjuicio de la prioridad en la redistribución y el aprovechamiento de los
recursos existentes, la provisión de los puestos de trabajo también contemplará los
restantes modos de provisión contemplados en la normativa en materia de función
pública.
3. Los puestos de trabajo provenientes de la relación de puestos de trabajo del
departamento u organismo afectado con los que se dote esta unidad serán reasignados
a su unidad de origen una vez se cumpla este plazo.
4. La Dirección General de la Función Pública dictará las instrucciones pertinentes
con el fin de procurar una tramitación ágil y preferente en la provisión de los puestos de
trabajo de las unidades administrativas responsables de la gestión de los proyectos
financiados con cargo a los fondos de «Next Generation EU».
Artículo 15. Nombramiento de personal estatutario temporal, personal funcionario
interino o personal laboral con contratos de duración determinada.
1. Los departamentos y organismos públicos encargados de la gestión de los
fondos europeos de los Planes «Next Generation EU», podrán reforzar sus plantillas con
el nombramiento de personal estatutario temporal, personal funcionario interino o
personal laboral con contratos de duración determinada, de acuerdo con lo establecido
en su instrumento de planificación estratégica para la gestión, el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Estatuto Marco del personal estatutario
de los servicios de salud y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y
la normativa autonómica de aplicación.
2. A tal efecto, los órganos competentes en materia de recursos humanos y la
Dirección General de Planificación y Presupuesto darán prioridad a la tramitación de las
autorizaciones de contratos de duración determinada y nombramiento de personal
estatutario temporal y personal funcionario interino en el marco de los planes de gestión
de fondos europeos, siempre de acuerdo con lo establecido normativa vigente en
materia presupuestaria y de recursos humanos.
3. Los nombramientos y contratos de este personal se formalizarán sólo por el
tiempo imprescindible para la ejecución de los proyectos financiados con fondos «Next
Generation EU».

cve: BOE-A-2021-9353
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Núm. 134