I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-9353)
Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Sábado 5 de junio de 2021

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– En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal de la persona titular
de la Presidencia, le sustituirán los titulares de las Vicepresidencias.
5. El Comité Director podrá crear las estructuras necesarias para el buen desarrollo
de sus funciones, en los términos regulados en el Título III.
Artículo 5. Autoridad responsable de los proyectos financiados con fondos «Next
Generation EU».
1. Actuará como responsable ante la Administración General del Estado para el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en los términos que se establezca en la
normativa estatal y europea, y bajo la supervisión del Comité Director de Planes y
Proyectos, el centro directivo que a tal fin designe dicho Comité.
2. Dicho centro directivo ejercerá, a tal efecto, las siguientes funciones:
a) En relación con la Administración General del Estado, la responsabilidad general
en la gestión del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, actuando como órgano de
contacto de la Administración General del Estado.
b) Asegurar la coordinación con los departamentos, órganos, organismos y, en su
caso, entidades locales y entidades implicadas en el mencionado Mecanismo.
c) La supervisión de los proyectos financiados con fondos que proceden del
mencionado Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
d) La presentación de los informes a elevar al Gobierno de Canarias, así como los
exigidos por la Administración General del Estado y previstos en la normativa reguladora
del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en Canarias.
2. El centro directivo de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos con competencia en materia de fondos europeos actuará como autoridad
responsable ante la Administración General del Estado para el REACT-EU, en los
términos que se establezca en la normativa estatal y europea, desarrollando a tal efecto
las competencias que legal y reglamentariamente tenga establecidas. A tal fin será
dotada de los recursos personales y materiales necesarios para el correcto ejercicio de
sus funciones conforme a la asistencia técnica prevista en este instrumento.
Dicho centro directivo ejercerá, a tal efecto, las siguientes funciones:
a) En relación con la Administración General del Estado, la responsabilidad general
en la gestión del REACT-EU, actuando como órgano de contacto de la Administración
General del Estado.
b) Asegurar la coordinación con los departamentos, órganos, organismos y, en su
caso, entidades locales y entidades implicadas en el mencionado Instrumento.
c) La supervisión de los proyectos financiados con fondos que proceden del
mencionado instrumento REACT-EU.
d) La presentación de los informes a elevar al Gobierno de Canarias, así como los
exigidos por la Administración General del Estado y previstos en la normativa reguladora
del REACT-EU en Canarias.

Artículo 6.

Control de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».

1. La Intervención General de la Comunidad Autónoma tendrá a su cargo el
ejercicio de las funciones y competencias que le atribuye la normativa europea o estatal
respecto del Instrumento Europeo de Recuperación.
2. En particular, corresponderá a la Intervención General de la Comunidad
Autónoma las actuaciones derivadas del ejercicio del control de los fondos que se exijan

cve: BOE-A-2021-9353
Verificable en https://www.boe.es

3. El impulso de los trabajos del Comité Director de Planes y Proyectos
corresponderá al titular en materia de planificación y gestión de fondos europeos.