I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-9353)
Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Sábado 5 de junio de 2021

2.

Sec. I. Pág. 68763

El Comité estará compuesto por:

a) El Vicepresidente del Gobierno de Canarias, quien ejercerá la presidencia.
b) La persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia, quien ejercerá la
vicepresidencia primera.
c) La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de hacienda,
planificación y presupuestos, quien ejercerá la vicepresidencia segunda.
d) La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de
administraciones públicas, quien ejercerá la vicepresidencia tercera.
e) La persona titular de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, que
actuará como Secretaría.
f) La persona titular de la Dirección General de Investigación y Coordinación del
Desarrollo Sostenible.
g) La persona titular de la Dirección General de la Función Pública.
h) La persona titular de la Dirección General de Asuntos Europeos.
i) La persona titular de la Dirección General de Modernización y Calidad de los
Servicios.
j) La persona titular de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas
Tecnologías.
k) La persona titular de la Dirección General de Patrimonio y Contratación.
l) Aquellas otras personas que, en función de la evolución de los planes y proyectos
financiados con fondos «Next Generation EU», determine la Comisión de Planificación y
Gobernanza.
3.

Las funciones del Comité serán las siguientes:

a) Asistencia y soporte técnico a la Comisión de Planificación y Gobernanza.
b) Proponer la aprobación de los Instrumentos de planificación estratégica para la
gestión, así como el seguimiento y verificación de estos, y su modificación.
c) Proporcionar apoyo técnico a la Autoridad responsable de los proyectos
financiados con fondos «Next Generation EU».
d) Informar y asistir a los órganos y unidades de gobernanza, seguimiento y de
ejecución de los planes y proyectos.
e) Realización de los estudios, informes y análisis para la ejecución de los planes y
proyectos incluyendo, en su caso, propuestas de reasignación de su financiación.
f) La aprobación de las orientaciones, manuales de procedimiento, o modelos tipo
de pliegos de licitación, bases para convocatorias de subvenciones o ayudas, convenios
o cualesquiera otros que se considere puedan servir de orientación a los gestores por
razones de eficacia o eficiencia.
g) La aprobación de recomendaciones e instrucciones sobre la adopción de
herramientas informáticas o digitales.
h) El seguimiento del cumplimiento de las propuestas, criterios o recomendaciones
dictadas por el mismo.
i) La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende la
Comisión de Planificación y Gobernanza.
El Comité funcionará bajo las siguientes reglas:

– La Presidencia, a propuesta de los miembros del Comité, podrá invitar a las
sesiones del órgano a representantes de otras Administraciones Públicas, organismos y
otras entidades públicas o privadas, que considere adecuadas por su participación en la
gestión en proyectos con financiación de los mencionados planes.
– Los Vocales podrán asistir acompañados de asesores técnicos por razón de la
materia a tratar.
– La Presidencia tendrá la potestad de incluir, atendiendo a la urgencia y naturaleza
de estos, asuntos no comprendidos en el orden del día de las sesiones.

cve: BOE-A-2021-9353
Verificable en https://www.boe.es

4.