III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9333)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para el concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68550

La devolución de los ficheros incorrectos, recibidos hasta el día 20, se efectuará
hasta el día 30 del mismo mes. El fichero corregido, y si procediera nueva factura, se
entregará por parte del Colegio, antes del día 5 del mes siguiente. Si se produjeran
nuevas devoluciones, los ficheros deberán ser presentados correctamente y siempre
antes del día fijado para la presentación de las recetas. La factura se pospondrá tantos
días como el retraso se haya producido.
Si las Direcciones Territoriales del INGESA comprobaran en la facturación la falta de
concordancia entre los datos referentes al médico y el número de receta, grabados en el
fichero y los que consten en las correspondientes recetas, debidos a errores de
digitación, se notificarán a la Comisión Central que podrá acordar, en caso de errores en
tres facturaciones consecutivas o cinco alternas, devolver a los CCOOFF los
mencionados soportes informáticos para subsanar los errores detectados,
acompañándose de las correspondientes recetas.
3.4

Presentación de imágenes de las recetas y de los DF.

3.4.1 Los CCOOFF presentaran a las Direcciones Territoriales del INGESA los
soportes electrónicos con las imágenes de las recetas junto con los originales de las
recetas, que en el término previsto en el Punto 3.1 del presente anexo, se presentan
hasta el día 10 del mes siguiente al que corresponde la presentación de la factura o el
día siguiente hábil, si el día 10 fuera inhábil.
Los soportes electrónicos con las imágenes de las recetas se presentarán con un
programa que permita su visualización.
La imagen digital de la receta no podrá suplir a la receta original a efectos de pago
de la misma, salvo en el supuesto de disponer de la imagen digital pero no estar recibida
la receta en caso de extravío o fuerza mayor, incluyendo robos o cualquier otro siniestro
cuya responsabilidad no sea imputable a los CCOOFF, que deberá ser comunicado y
acreditado a las Direcciones Territoriales del INGESA con la suficiente antelación. No
obstante, la imagen digital de la receta podrá dar soporte a las Comisiones territoriales a
efectos de devolución de recetas por estar incursas en cualquiera de las causas de
nulidad recogidas en este Convenio.
3.4.2 Además de lo anteriormente expuesto, los CCOOFF, presentarán a las
Direcciones Territoriales del INGESA los soportes electrónicos con las imágenes de los
DF de las recetas electrónicas junto con los DF originales, que se ajustarán a lo
anteriormente dispuesto para las imágenes de las recetas en formato papel. En
cualquiera de los casos el proceso de digitalización cumplirá los requerimientos técnicos
del INGESA para su posterior tratamiento.
Para la digitalización de los DF los CCOOFF realizaran los siguientes procesos:

– Los DF digitalizados: Se guardarán en formato TIFF Grupo IV ISO 12639 en
blanco y negro a una resolución de 200 dpi (puntos por pulgada).
– Fichero en formato CSV: Contendrá una cabecera y una fila con la información
correspondiente a cada DF digitalizado. Cada fila contendrá los siguientes campos:
Código de la Ciudad, Código de Farmacia, Número de DF y Código de medicamento de
la posición 1 a la 24. Se dejarán en blanco las posiciones que no tengan cupón precinto
y se indicará la palabra error si la lectura de esa posición fuera errónea.
– Documento Word: Con la información del número de DF digitalizados.
3.4.3 El pago correspondiente a la digitalización de los DF se llevará a efecto en la
facturación mensual correspondiente. Si se detectasen errores en la digitalización se

cve: BOE-A-2021-9333
Verificable en https://www.boe.es

a) Digitalización de los DF mensuales de facturación de las Oficinas de farmacia.
Cada DF se digitalizará, uno por uno, conforme a una metodología que incluya control de
calidad. El producto final será una copia fiel al original, posibilitando que en la edición
digital se mantengan las características de los originales impresos
b) Se entregará al INGESA un DVD según estándar ISO9660 con la siguiente
información: