III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9333)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para el concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de Ceuta y Melilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Viernes 4 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 68549
Las cajas llevarán adherida la siguiente etiqueta:
DF RECETAS ELECTRONICAS
COF…FARMACIA N°…
MES DE…
CAJA N°… DE UN TOTAL DE DF del…al…
e) Documentos de Facturación de recetas electrónicas de estupefacientes. La
etiqueta de las cajas con los DF de estupefacientes contendrá la siguiente información:
DF DE ESTUPEFACIENTES
COF... FARMACIA N°…
MES DE…
CAJA N°…DE UN TOTAL DE…
DF del... al…
3.2
Presentación de las facturas.
Las facturas resumen (Modelos 3 y 4) se presentarán, en la Dirección Territorial del
INGESA el día 10 del mes siguiente al que corresponde la facturación. Si el día 10 fuera
inhábil, se entenderá como día de entrega el siguiente día hábil. Las facturas resumen
mensual también se presentarán en formato Excel y se acompañarán del Informe de la
Escala conjunta de deducciones previsto en el Real Decreto 1193/2011, de 19 de agosto,
por el que se establece el procedimiento de aplicación de la escala conjunta de
deducciones a la facturación mensual de cada oficina de farmacia (Modelo 5).
3.3
Presentación de los ficheros informáticos.
Los CCOOFF entregarán, los ficheros correspondientes, en las dependencias
señaladas por las Direcciones Territoriales del INGESA a partir del día 10 del mes
siguiente al que corresponda la facturación y hasta el día 20 del mismo. Si el día 20 fuera
inhábil se entenderá como día de entrega el siguiente día hábil.
Para posibilitar al INGESA, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, el
envío de los datos de consumo de medicamentos y productos sanitarios en recetas
oficiales al Ministerio de Sanidad, los CCOOFF presentarán además del fichero con
todas las recetas facturadas incluyendo los productos dietoterápicos (IVA). Txt, otro
fichero excluyendo dichos productos (IVA). Txt.
Con carácter previo al abono de la factura, el INGESA procederá a la comprobación
de la información remitida por parte de los CCOOFF y los soportes informáticos
generados en el proceso de facturación y analizará la calidad de la información
contenida en los ficheros. El INGESA devolverán los que tengan deficiencias técnicas
que impidan su tratamiento informático, y una explotación completa de la información,
así como los que presenten diferencias con el total de la factura resumen (Total PVP y
Líquido} superiores al 0,7 por diez mil y a 25 euros.
70
cve: BOE-A-2021-9333
Verificable en https://www.boe.es
Devolución de los ficheros informáticos.
Núm. 133
Viernes 4 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 68549
Las cajas llevarán adherida la siguiente etiqueta:
DF RECETAS ELECTRONICAS
COF…FARMACIA N°…
MES DE…
CAJA N°… DE UN TOTAL DE DF del…al…
e) Documentos de Facturación de recetas electrónicas de estupefacientes. La
etiqueta de las cajas con los DF de estupefacientes contendrá la siguiente información:
DF DE ESTUPEFACIENTES
COF... FARMACIA N°…
MES DE…
CAJA N°…DE UN TOTAL DE…
DF del... al…
3.2
Presentación de las facturas.
Las facturas resumen (Modelos 3 y 4) se presentarán, en la Dirección Territorial del
INGESA el día 10 del mes siguiente al que corresponde la facturación. Si el día 10 fuera
inhábil, se entenderá como día de entrega el siguiente día hábil. Las facturas resumen
mensual también se presentarán en formato Excel y se acompañarán del Informe de la
Escala conjunta de deducciones previsto en el Real Decreto 1193/2011, de 19 de agosto,
por el que se establece el procedimiento de aplicación de la escala conjunta de
deducciones a la facturación mensual de cada oficina de farmacia (Modelo 5).
3.3
Presentación de los ficheros informáticos.
Los CCOOFF entregarán, los ficheros correspondientes, en las dependencias
señaladas por las Direcciones Territoriales del INGESA a partir del día 10 del mes
siguiente al que corresponda la facturación y hasta el día 20 del mismo. Si el día 20 fuera
inhábil se entenderá como día de entrega el siguiente día hábil.
Para posibilitar al INGESA, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente, el
envío de los datos de consumo de medicamentos y productos sanitarios en recetas
oficiales al Ministerio de Sanidad, los CCOOFF presentarán además del fichero con
todas las recetas facturadas incluyendo los productos dietoterápicos (IVA). Txt, otro
fichero excluyendo dichos productos (IVA). Txt.
Con carácter previo al abono de la factura, el INGESA procederá a la comprobación
de la información remitida por parte de los CCOOFF y los soportes informáticos
generados en el proceso de facturación y analizará la calidad de la información
contenida en los ficheros. El INGESA devolverán los que tengan deficiencias técnicas
que impidan su tratamiento informático, y una explotación completa de la información,
así como los que presenten diferencias con el total de la factura resumen (Total PVP y
Líquido} superiores al 0,7 por diez mil y a 25 euros.
70
cve: BOE-A-2021-9333
Verificable en https://www.boe.es
Devolución de los ficheros informáticos.