III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9333)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, para el concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68547

El INGESA, con los datos contenidos en esta factura, confeccionará mensualmente
el parte estadístico de facturación para su preceptivo envío al Ministerio de Sanidad,
según el modelo establecido al respecto para el conjunto del SNS. Cualquier variación
del mismo, requerirá la correspondiente adaptación en la factura resumen general,
debiendo ser notificado por el INGESA a los CCOOFF con la suficiente antelación.
3.

Presentación de la facturación

individuales
de cada Oficina de Farmacia (Modelo 2), hasta el día 10 del mes siguiente al que
Presentación de las recetas.
corresponda la presentación de la factura, si el día 10 fuera inhábil se entenderá como día
Los
CCOOFF
presentarán
recetas amparadas por las correspondientes facturas
de entrega
el siguiente
día las
hábil.
3.1

individuales de cada Oficina de Farmacia (Modelo 2), hasta el día 10 del mes siguiente al
presentación
de recetas de
se laefectuará
la oficina
que
designen
las Direcciones
que La
corresponda
la presentación
factura, sien
el día
10 fuera
inhábil
se entenderá
del elINGESA
y en
que se verificará, en presencia de la representación del
comoTerritoriales
día de entrega
siguiente
díalahábil.
Colegio,
que la documentación
recibida en
es la
correspondientes
La
presentación
de recetas se efectuará
la facturada,
oficina quelevantándose
designen las las
Direcciones
Territoriales
dellaINGESA
y en(Modelo
la que se
en presencia
de documentación
la representaciónrecibida
del
actas de
recepción
9)verificará,
en las que
constará la
y el
Colegio,
que
la
documentación
recibida
es
la
facturada,
levantándose
las
resultado de la verificación.
correspondientes actas de la recepción (Modelo 9) en las que constará la documentación
Se presentarán
ende
cajas
y por separado:
recibida
y el resultado
la verificación.
Se
presentarán
en
cajas
y
por cupón
separado:
a)
Recetas en papel con
precinto normalizado de medicamentos y productos

sanitarios
(efectos
y accesorios),
conprecinto
y sin visado,
sin diferenciar
por tipo de yaportación.
a) Recetas
en papel
con cupón
normalizado
de medicamentos
productos
sanitarios (efectos y accesorios), con y sin visado, sin diferenciar por tipo de aportación.
b)
Recetas en papel de estupefacientes.
b) Recetas en papel de estupefacientes.
c) c) Recetas
Recetasen
enpapel
papelde
devarios
variosgrupos.
grupos.
d) Documentos de facturación (DF) de receta electrónica de medicamentos y
d)
Documentos
de facturación
(DF) de
receta
medicamentos
productos
productos
sanitarios (efectos
y accesorios),
con
y sin electrónica
visado, sin de
diferenciar
por tipoyde
sanitarios (efectos y accesorios), con y sin visado, sin diferenciar por tipo de aportación.
aportación.
(DF)(DF)
de receta
electrónica
de medicamentos
e) e) Documentos
Documentos dedefacturación
facturación
de receta
electrónica
de medicamentos
estupefacientes.
estupefacientes.

3.1.1 Contenido de las cajas.
3.1.1
Contenido de las cajas.
Recetas
papel
cupón
precinto
normalizado
de medicamentos
y efectos
y
a) a)Recetas
papel
con con
cupón
precinto
normalizado
de medicamentos
y efectos
y accesorios,
accesorios, con y sin visado, sin diferenciar por tipo de aportación. Se presentarán por
con y sin visado, sin diferenciar por tipo de aportación. Se presentarán por separado para
separado para cada oficina de farmacia, en cajas especialmente acondicionadas para
cada 500
oficina
de farmacia,
enunidas
cajas especialmente
500 a 1.000
contener
a 1.000
recetas,
por grupos deacondicionadas
25 y de formapara
quecontener
no puedan
recetas, unidas
por grupos
25 y de forma
no puedanen
desordenarse
relación
desordenarse
en relación
con de
la factura.
Podránque
presentarse
una mismaen
caja
las con la
factura.
Podrán
presentarse
en
una
misma
caja
las
recetas
de
varias
oficinas
de
recetas de varias oficinas de farmacia siempre que vayan identificadas las Oficinas defarmacia
siempre
vayan
identificadas separadas
las Oficinas
farmacia
en eluna
exterior
y en
debidamente
farmacia
en elque
exterior
y debidamente
lasde
recetas
de cada
de ellas
el
interior
de la caja.
separadas
las recetas de cada una de ellas en el interior de la caja.
Las cajas llevarán adherida la siguiente etiqueta:

Las cajas llevarán adherida la siguiente etiqueta:

RECETAS CUPÓN PRECINTO
NORMALIZADO.
FARMACIA Nº…

MES DE



CAJA N°…DE UN TOTAL DE…
PAQUETES del n° ... al nº…
b)
Recetas papel de estupefacientes. Para posibilitar la conservación y el control de las
recetas de estupefacientes conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1675/2012,de 14 de
diciembre, las recetas oficiales de estupefacientes del INGESA se presentarán, en grupos de 25,
separadas del resto de recetas de medicamentos y de otros grupos de facturación, en una caja
de 500 o 1000 recetas, debidamente identificada como RECETAS DE ESTUPEFACIENTES y
ordenadas por Oficina de Farmacia de forma que se identifique claramente el número de la
Oficina de Farmacia a la que van referidas. En esta caja se incluirán tanto las recetas de

cve: BOE-A-2021-9333
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