III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-9329)
Orden TMA/549/2021, de 20 de mayo, por la que se aprueba la delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Eivissa y la desafectación del dominio público portuario de los terrenos declarados sobrantes por Orden Ministerial de 23 de agosto de 1960.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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Meridiano al Este de Dado Pequeño: 1° 28’ 24’’ E.
Cuarto. Exclusiones y desafectaciones de la zona de servicio, e incorporaciones a la
misma.
Por no resultar necesarias para la realización de actividades portuarias esenciales o
complementarias, ni para mantener la integridad del espacio portuario, se excluyen de la
zona de servicio y se desafectan del dominio público portuario cuatro parcelas con una
superficie total de 4.986,15 m 2 de terrenos. Asimismo, se incorporan a la zona de servicio
tres parcelas con una superficie total de 1.677,85 m2 de terrenos. Todas ellas definidas y
situadas geográficamente en el Plano n.º 6 del documento.
Desafectación parcela A1:
Se desafecta de la zona de servicio portuaria una parcela de 3.454 m2 formada por
un espacio abierto al ciudadano y situada en el trasdós del denominado Muelle de la
Consigna, al otro lado del vial que da servicio a las instalaciones portuarias de esta
Dársena de Levante y considerada innecesaria para los fines portuarios.
Desafectación parcela A2:
Se desafecta una parcela de 1.375,73 m2 formada por un espacio abierto al
ciudadano y situada en el trasdós del denominado Muelle Interior Sur, al otro lado del vial
que da servicio a las instalaciones portuarias de esta Dársena de Poniente y considerada
innecesaria para los fines portuarios.
Desafectación parcela A3:
Se desafecta una superficie de terrenos de 111,77 m2 situada en la zona de los
primitivos muelles de ribera de la primera dársena deportiva en la zona Norte del puerto,
al objeto de regularizar o rectificar el límite de la zona de servicio portuaria haciéndolo
coincidir con límites precisos formados por detalles físicos en el entorno. Dichos terrenos
se consideran innecesarios para los fines portuarios.
La parcela queda definida por los puntos «cdef»+»hijk» del Anexo al epígrafe 1.5.2.1
«Plano de detalle de la parcela A-3, C-2 y C-3».
Desafectación parcela A4:
Se desafecta una parcela con una superficie de 44,65 m2 situada en terrenos
colindantes con el vial de acceso a Botafoc, anexada a otra situada fuera de la zona de
servicio del puerto, y considerada innecesaria para los fines portuarios.
Incorporación parcela C1:
Se incorpora a la zona de servicio del puerto una parcela patrimonial de la Autoridad
Portuaria de Baleares de 80,05 m2. en el Muelle Interior Sur.

Se incorpora a la zona de servicio del puerto una parcela de 57,32 m2 situada en la
ribera norte, al objeto de regularizar o rectificar los límites de la zona de servicio del
puerto, haciéndolos coincidir con límites precisos formados por detalles físicos en el
entorno.
La parcela queda definida por los puntos «abc» del Anexo al epígrafe 1.5.2.1 «Plano
de detalle de la parcela A-3, C-2 y C-3» de la Memoria del documento.
Incorporación parcela C3:
Se incorpora a la zona de servicio del puerto una parcela de 1.540,48 m2 situada en
la ribera norte, al objeto de regularizar o rectificar los límites de la zona de servicio del

cve: BOE-A-2021-9329
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Incorporación parcela C2: