III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-9341)
Orden TED/550/2021, de 1 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, FSP, en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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2. Para poder alcanzar la condición de beneficiario deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Las personas jurídicas que resulten beneficiarias de las ayudas deben estar
válidamente constituidas, debidamente inscritas en el registro correspondiente y tener
domicilio en territorio español.
b) No podrán asumir la condición de beneficiarios de las ayudas las personas o
entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias invalidantes previstas en el
artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. En el caso de agrupaciones de beneficiarios, todos los integrantes de la
agrupación deberán reunir los requisitos necesarios para acceder a la condición de
beneficiarios de la ayuda.
4. Las convocatorias podrán referirse a situaciones particulares con respecto a
infracciones o delitos que limiten la obtención de la condición de entidad beneficiaria.
Obligaciones de los beneficiarios.

1. Son obligaciones de los beneficiarios las enumeradas en el artículo 14 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Asumir expresamente, en su caso, la obligación de cofinanciar el porcentaje no
financiado por la FB o el fondo estructural correspondiente.
3. Asumir las responsabilidades que podrían derivarse de la realización del
proyecto o actividad.
4. Ser el único responsable jurídico y financiero de la ejecución del proyecto o
actividad ante la FB, excepto en el caso de las agrupaciones de beneficiarios.
5. En el caso de la subvención de proyectos, incluir, siempre que ello sea posible,
criterios sociales y ambientales en todos los procedimientos de contratación en los que
pudiera incurrir la entidad beneficiaria en cualquier fase de realización del proyecto
objeto de subvención. Se prestará especial atención a garantizar que las acciones
ejecutadas sean accesibles para personas con discapacidad.
6. Cumplir la normativa en materia de igualdad, e incluir, siempre que ello sea
posible, criterios para favorecer la igualdad de trato y de oportunidades en todos los
procedimientos de contratación que pudiera convocar la entidad beneficiaria.
7. Disponer de un sistema de contabilidad separada, que permita diferenciar los
gastos en los que se incurra con motivo de la ejecución de los proyectos o actividades.
8. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente acreditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial
aplicable al beneficiario en cada caso.
9. Realizar actividades de información y comunicación del proyecto en los términos
establecidos en las convocatorias de subvención de proyectos. En ayudas a la contratación,
se deberá recoger en una adenda al contrato de trabajo la cofinanciación del Fondo Social
Europeo y la Fundación Biodiversidad, FSP, a través del Programa empleaverde, y se
deberá dar difusión a través de medios online la concesión de la subvención.
10. Dar publicidad de las subvenciones percibidas en los términos y condiciones
establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
información pública y buen gobierno.
11. Mencionar el apoyo recibido, en toda la información, verbal o escrita, emitida
con ocasión de la actividad, según las pautas establecidas en las correspondientes
convocatorias de proyectos, cumpliendo con todas las medidas de información y
publicidad incluidas en el artículo 119 del Reglamento UE n.º 508/2014 de 15 de mayo
de 2014, en el caso del Programa pleamar y del artículo 20 del Reglamento
UE n.º 1304/2013, y en las estrategias y planes de comunicación del FEMP y el FSE.
12. En el caso de las subvenciones de proyectos, ser responsable de que los
productos divulgativos del proyecto estén en consonancia con el estado del arte de los

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Artículo 3.