I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2021-9280)
Orden PCM/544/2021, de 31 de mayo, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Torneo Davis Cup Madrid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su
propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una explicación completa de su
contenido, reforzando la seguridad jurídica. En todo caso, dado que se trata de una
norma puramente organizativa de creación de un órgano colegiado, su tramitación se
encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e
información públicas.
Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia ya que las cargas
administrativas son mínimas.
Esta Orden da cumplimiento a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y tiene como
objeto crear un órgano colegiado interministerial gestor del acontecimiento de
excepcional interés público «Torneo Davis Cup Madrid», encargado de la ejecución del
programa de apoyo a la celebración del citado acontecimiento, lo que permitirá su puesta
en marcha, sin que su funcionamiento suponga incremento del gasto público.
La presente Orden se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte y de la Ministra de
Hacienda, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública,
dispongo,
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Constituye el objeto de la presente Orden la creación de un órgano colegiado
interministerial gestor del acontecimiento de excepcional interés público «Torneo Davis
Cup Madrid», como órgano encargado de la certificación de la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del citado programa y aprobación de los objetivos,
planes y programas de actividades específicas aplicables a la celebración del «Torneo
Davis Cup Madrid», en cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional
septuagésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2021, y de conformidad con el artículo 27 de la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al mecenazgo.
Artículo 2.

Integración administrativa y financiación.

Artículo 3.
1.

Composición.

Formarán parte del órgano colegiado:

a) Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Deportes. En casos de
ausencia, vacante o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su
abstención o recusación, se designará un suplente por la persona titular de la
Presidencia del organismo autónomo.

cve: BOE-A-2021-9280
Verificable en https://www.boe.es

1. El órgano colegiado se integrará en el Consejo Superior de Deportes y su
funcionamiento se adecuará a lo establecido en la Sección 3.ª del capítulo II del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de eventuales pérdidas que de la liquidación del Programa se pudieran
derivar, el órgano colegiado no asumirá ningún impacto presupuestario ya que la
financiación de estos gastos correrá a cargo de la entidad receptora de las donaciones
derivadas del Programa del acontecimiento de excepcional interés público, la Real
Federación Española de Tenis, que los sufragará con cargo a su presupuesto ordinario,
sin que corresponda además obligación económica alguna para la Hacienda Pública
Estatal, frente a ésta o respecto a terceros.
2. El órgano creado no conlleva incremento del gasto público ni sus miembros
percibirán dietas por el ejercicio de sus funciones.