III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Ayudas. (BOE-A-2021-9275)
Resolución de 28 de mayo de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la realización de proyectos de I+D relacionados con las funciones del organismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Artículo 7.

Sec. III. Pág. 68172

Elegibilidad de los gastos (efecto incentivador).

Los gastos subvencionables referidos en el artículo 6 serán imputables al proyecto desde
la fecha de publicación de la correspondiente Resolución de la convocatoria de subvenciones
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y hasta la finalización de ejecución del
proyecto establecida en la Resolución Definitiva de la concesión de la subvención.
Artículo 8. Presentación y formalización de solicitudes.

a) El impreso de solicitud recogido en el modelo «Solicitud de subvención» que
figurará en la Convocatoria correspondiente cuando esta se produzca, con los datos de
identificación del proyecto y de la entidad participante, con el sello y la firma del
representante legal de la entidad solicitante. Dicho modelo, una vez cumplimentado con
las correspondientes firmas originales y junto con la documentación jurídicoadministrativa necesaria detallada en el citado modelo, se presentará por el medio
previsto en el apartado 4 anterior.
b) La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del
solicitante para que el Consejo de Seguridad Nuclear obtenga de forma directa la
certificación de que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y de la
seguridad social, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente
certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento,
debiendo aportar entonces dicha certificación.
c) Una Memoria Técnica, redactada de acuerdo con el modelo «Memoria Técnica
del programa o actividad» que figurará en la Convocatoria correspondiente cuando esta
se produzca. En ella deberán detallarse las actividades que desarrollará la entidad
solicitante, con la relación del personal participante en el proyecto que permita evaluar la
capacidad del equipo de trabajo. También deberá mencionar los retornos previstos.
d) Una Memoria Económica del proyecto, según el modelo que figurará en la
Convocatoria correspondiente cuando esta se produzca. Dicha Memoria contendrá un
presupuesto detallado de los gastos del proyecto, así como de su financiación. A estos
efectos, se harán constar las ayudas obtenidas, las solicitadas (incluida la ayuda
solicitada al CSN) y las que se prevea solicitar, tanto de naturaleza pública como privada,
ya sean para la financiación total o parcial del proyecto.
6. La solicitud se cumplimentará conforme a las exigencias previstas, en la
aplicación habilitada a tal efecto en la Oficina Virtual situada en los servidores de
información del Consejo de Seguridad Nuclear (http://www.csn.es). La documentación

cve: BOE-A-2021-9275
Verificable en https://www.boe.es

1. La Resolución con la convocatoria de subvenciones, cuando esta convocatoria
se produzca, será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el
«Boletín Oficial del Estado». Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de treinta
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de su
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Las solicitudes serán presentadas por la entidad promotora del proyecto que
será la que actúe como coordinadora y beneficiaria, según se indicaba en el artículo 2. 3,
y deberán contar con la firma de su representante legal. Éste deberá acompañar
documento acreditativo del poder que ostenta.
3. Los solicitantes deberán encuadrar su solicitud dentro de las líneas relacionadas
en el artículo de la convocatoria que las identifique.
4. Las solicitudes, dirigidas a la Secretaría General del Consejo de Seguridad
Nuclear, se presentarán de forma telemática, mediante la aplicación habilitada a tal
efecto en la Oficina Virtual situada en los servidores de información del Consejo de
Seguridad Nuclear (http://www.csn.es; Sede Electrónica; Registro General y Recursos;
Registro General de Documentación).
5. La presentación de la solicitud se formalizará con arreglo a la siguiente
documentación: