III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9262)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, la Fundación General de la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, para la organización conjunta del Máster en Gestión de Servicios de Navegación Aérea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

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Adicionalmente, la Comisión se encargará del seguimiento del presente Convenio
ejerciendo las siguientes funciones:
i. Supervisar y vigilar el cumplimiento de los compromisos adquiridos en este
Convenio por las Partes.
ii. Resolver cuantas discrepancias y conflictos relativos al proyecto y sus posibles
incumplimientos puedan surgir a lo largo de la duración del mismo, adoptando las
medidas y decisiones apropiadas en cada caso.
iii. Establecer aquellas instrucciones y procedimientos necesarios de aplicación
conjunta, o adaptación de los existentes, para la correcta aplicación y ejecución de los
compromisos adquiridos por parte de las partes implicadas.
iv. Proponer modificaciones y las prórrogas al presente Convenio.
v. Resolver las posibles controversias que pudieran surgir respecto a la
interpretación y ejecución del Convenio.
Undécimo.

Uso de logotipos.

Las entidades firmantes autorizan el uso de sus respectivos logotipos o signos
distintivos en todas las acciones orientadas a la difusión y comunicación (elaboración de
material de marketing, publicación en páginas web) de las actividades que se desarrollan
en ejecución del presente Convenio.
Las partes se reservan el derecho de retirar el consentimiento para el uso de su
logotipo sin alegar causa alguna. Dicha autorización no supone cesión, traspaso o
renuncia de los derechos que las partes ostentan sobre su logotipo y su marca.
Protección de Datos de Carácter Personal.

Para el desarrollo del Máster Interuniversitario en Gestión de Servicios de
Navegación Aérea (SNA) con la UAM y ENAIRE, es probable que la UAM y ENAIRE
acceda a datos personales de los alumnos que cursen dicho título, asumiendo la figura
de encargado del tratamiento, de acuerdo al artículo 28 del Reglamento General de
Protección de Datos. En concreto, los datos personales afectados por dicho tratamiento
serán: nombre, apellidos, DNI e información académica.
El acceso y el tratamiento de los datos por la UAM y ENAIRE se harán conforme a
las instrucciones que proporcione la UPM, sin que pueda hacer uso de los datos para
una finalidad distinta del propio desarrollo académico del Título Propio de Máster
Interuniversitario en Gestión de Servicios de Navegación Aérea (SNA) con la UAM y
ENAIRE (empresa con la que se hace el Convenio) mantendrá el deber de secreto
respecto a los datos suministrados de los alumnos y asume expresamente la obligación
de contar con el compromiso de confidencialidad, de forma expresa y por escrito, por
parte del personal que realice los tratamientos, debiendo esta obligación estar
documentada y a disposición de la UPM.
La UPM autoriza expresamente a la UAM y ENAIRE para que subcontrate con
terceros servicios relacionados con el objeto de este contrato, los cuales estarán sujetos
a cumplir las mismas medidas de seguridad que aquí se expresan. Por su parte, la UAM
y ENAIRE asume expresamente la obligación de implantar las medidas de seguridad
necesarias que establece el artículo 32 del RGPD, de acuerdo con las finalidades del
tratamiento, aplicando las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar
un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
La UAM y ENAIRE realizará un análisis de los posibles riesgos derivados del
tratamiento para determinar las medidas de seguridad apropiadas para garantizar la
seguridad de la información tratada y los derechos de los interesados. En concreto,
garantiza que se implementarán las medidas necesarias de protección de datos,
teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el
alcance, el contexto y los fines del tratamiento. Entre otras medidas, aplicará las
siguientes: i) seudonimización y cifrado de datos personales (cuando proceda); ii)

cve: BOE-A-2021-9262
Verificable en https://www.boe.es

Duodécimo.